La jueza novena penal María de Lourdes Ortiz denegó un incidente de tercería excluyente solicitado en el proceso seguido a Pablo Rayo Montaño y otros, por delitos de narcotráfico y lavado de dinero.
Según fuentes del Órgano Judicial, la solicitud presentada por la abogada de Aida Ramos Romero pretendía rescatar del proceso penal una cuenta bancaria del banco HSBC.
La jueza suplente se basó en el artículo 29 de la Ley 38 del 10 de agosto de 2007, referente a la aprehensión de bienes relacionados con los delitos de blanqueo de capitales, narcotráfico y otros.
También serán aprehendidos los bienes relacionados directa o indirectamente con los delitos mencionados.