Nación

Piden actualizar registro comercial de fertilizantes


Los aditivos y fertilizantes sólo podrán ser comercializados si poseen un registro comercial vigente otorgado por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario o por el Ministerio de Salud, señala un comunicado de la dirección de Sanidad Vegetal del MIDA.
Esta dirección solicita a todos los registrantes, tramitantes y dueños de registros de insumos fitosanitarios, que a partir del 1 de enero del año 2,000 cumplan con el requisito solicitado.
Por lo tanto, ratifica que aquellos aditivos y fertilizantes cuyo registro temporal vencen el 31 de diciembre de 1999, no podrán ser comercializados en la República de Panamá.
El director de Sanidad Vegetal, Erick Candanedo Lay, señala que la base de datos del departamento de Agroquímicos de esa entidad, reporta que existen en la actualidad más de 250 productos con registro temporal que no han obtenido su registro comercial.
La medida está establecida en la Ley No. 47 del 9 de julio de 1996, el Decreto Ejecutivo No. 83 del 1 de septiembre de 1997 y los resueltos expedidos por el MIDA.
Los tramitantes deberán retirar de la oficinas de Sanidad Vegetal, la documentación existente de los registros temporales; para evitar que sean desechados del archivo.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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