La Ley Nº 14 de 18 de mayo de 2007, que adopta el nuevo Código Penal de Panamá, fue promulgada ayer en la Gaceta Oficial y en la misma solo se tipifican aquellas conductas y comportamientos cuya incriminación resulten indispensables para la protección de los bienes jurídicos tutelados y los valores significativos de la sociedad, de acuerdo con la política criminal del Estado.
La norma empezará a regir dentro de un año y establece penas reducidas para los delitos contra la Administración Pública, lo que ha sido objeto de duras críticas por organizaciones civiles.
El nuevo Código establece que la mujer que cause su aborto o consienta que alguien se lo practique será sancionada con prisión de uno a tres años.
También plantea que quien cause la muerte a otro será sancionado con prisión de 10 a 20 años; y en caso que el homicidio sea como consecuencia de un acto de violencia doméstica la pena será de hasta 30 años.
Asimismo, señala que quien ilegalmente prive a otro de su libertad será sancionado con pena de uno a tres años de prisión o su equivalente en días-multa o arresto de fines de semana.