Una nueva reforma al Código Penal elimina las excepciones en la aplicación de sentencias a los adultos que sostengan relaciones sexuales con consentimiento con adolescentes en edades de los 15 a 17 años y que estas últimas resulten embarazadas.
Antes de esta reforma se exceptuaba de la pena (de 2 a 6 años de cárcel), a los adultos que tenían una diferencia de edad de hasta cinco años con la víctima, ahora no será así, deberán responder a la justicia.
Esta reforma se da como resultado de la Ley 60 del 30 de noviembre del 2016, que busca aumentar la protección a las menores embarazadas.
Se trata de una reforma al artículo 176 del Código Penal que, según juristas expertos en la materia de familia y protección al menor, se debía hacer algo porque, pese a las medidas existentes, siguen creciendo los casos de menores que resultan embarazadas y luego abandonadas por adultos que aprovechándose del engaño logran acceso sexual con las menores.