La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia decidió mantener el proceso patrimonial contra Marcela Homsany, quien falleciera el 26 de febrero de 1998 durante las sumarias seguidas al denominado Grupo Homsany por un peculado de B/.5 millones cometido en perjuicio del Banco Nacional de Panamá (BNP).
El tribunal rechazó una petición del abogado Sidney Sitton para declarar extinguida la acción patrimonial contra Marcela Homsany, tras su deceso. La sala argumentó que la petición fue presentada en fecha posterior a la acción iniciada por el tribunal de cuentas.
La Dirección de Responsabilidad Patrimonial (DRP) mediante resolución de cargo No 24-96 declaró responsable a Marcela Homsany de perjuicios contra el Banco Nacional, a raíz de una serie de facilidades bancarias otorgadas al Grupo Homsany por parte del exgerente de esa institución bancaria, Rafael Arosemena.
El Juzgado Cuarto Penal emitió una sentencia condenatoria contra los miembros de este grupo y el exgerente del BNP, Rafael Arosemena, por el presunto delito de peculado, pero declaró extinguida la acción penal contra Marcela Homsany.
El proceso judicial contra el citado grupo se inició a raíz de una auditoría realizada por la Contraloría de la República en el año de 1990 en donde se estableció que esta organización recibió facilidades crediticias por parte del BNP por un monto de B/.5 millones, sin que existieran garantías para su recuperación.
Dentro de este proceso las autoridades solicitaron a México la extradición de Rafael Arosemena, pero ésta fue negada bajo el argumento de que éste era un refugiado político y no era procedente la petición realizada.
Los miembros del Grupo Homsany intentaron negociar la ejecución de pagos voluntarios con el BNP, pero estas negociaciones nunca llegaron a un término, por lo que el proceso judicial continuó su curso.