El pleno de la Corte Suprema de Justicia declaró la inconstitucionalidad del decreto presidencial que otorgó indultos a los periodistas Sabrina Bacal y Justino González, quienes fueron procesados judicialmente por el delito de calumnia e injuria.
La decisión del Pleno fue publicada recientemente en la Gaceta Oficial y en esta se establece que el indulto otorgado a través del decreto presidencial del 7 de octubre del 2010, viola la Constitución en su artículo 184 numeral 12, en el que se establece claramente que esta facultad presidencial está condicionada exclusivamente para los casos relacionados con delitos políticos y no comunes.
Las consideraciones del Pleno se basan en una sentencia del 30 de junio del 2008, que según esta máxima corporación de justicia “no deja dudas en cuanto a la figura del indulto”.
Los periodistas Sabrina Bacal y Justino González recibieron dos querellas en el año 2005 por transmitir en un medio televisivo de la localidad una serie de reportajes sobre la existencia de una red del tráfico de humanos que operaba en la entonces Dirección Nacional de Migración.
En ambas querellas hubo sentencia de 12 meses de prisión conmutable en $3,650 y un año para inhabilitar la profesión de comunicador social.
Una de las sentencias fue revocada por un amparo de garantías constitucionales en el año 2013, mientras que el otro fallo condenatorio había sido objeto del indulto presidencial en el 2010, a poco tiempo de haberse decretado la condena.
La demanda contra el decreto presidencial fue interpuesta por los abogados Miguel Antonio Bernal y Juan de Dios Hernández Sanjur, quienes argumentaron también que la acción presidencial es una abierta intromisión en las decisiones del Órgano Judicial.