Nación

SIP intercede ante tribunales por lesiones a la libertad de prensa


Bajo la máxima de que "ningún medio de comunicación o periodista debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el poder público" como lo establece la Declaración de Chapultepec, la Sociedad Interamericana de Prensa alegó ante tribunales internacionales contra decisiones judiciales adoptadas en países latinoamericanos y del Caribe angloparlante que "han causado graves lesiones y creado nefastos antecedentes contra la libertad de prensa".
En las últimas semanas, la SIP utilizó el recurso de "amicus curiae" ("amigos del tribunal") proporcionando consideraciones jurídicas relevantes ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos por casos que involucran a periodistas y medios de comunicación en Costa Rica, Jamaica y Paraguay. Este recurso posibilita que personas ajenas a la disputa judicial u organizaciones no gubernamentales presenten opiniones escritas de interés público o con trascendencia social.
En el caso de Costa Rica, la SIP presentó ante la Corte Interamericana argumentos a favor del diario La Nación y el periodista Mauricio Herrera Ulloa. El periodista fue condenado por difamación criminal, debido a artículos que escribió en 1995 en los que, citando publicaciones europeas, denunciaba actos de corrupción cometidos por Félix Przedborski, ex diplomático costarricense. La pena contra Herrera incluyó una multa 120 días de salario y su nombre fue inscripto en un registro criminal. La Nación tuvo que pagar una indemnización por daños y perjuicios al ex diplomático, borrar su nombre de artículos en el internet y publicar la sentencia.
En su presentación ante la Corte, la SIP consideró que los artículos publicados por el periodista en La Nación se limitaron a dar a conocer a la población costarricense los hechos ya denunciados sobre un funcionario público. Agregó que la información era de interés institucional y de relevante interés público por cuanto se trataba de un representante del Estado, cuya cuestionada actuación lesionaba la imagen de transparencia que debía transmitir. La SIP subrayó que la sanción aplicada por el Poder Judicial costarricense constituyó una violación a preceptos internacionales sobre libertad de pensamiento y de expresión y del derecho del público a estar informado, pilares indispensables en un sistema democrático.
En referencia a los casos de los tres países, la máxima autoridad de la SIP, Jack Fuller, presidente del Chicago Tribune Publishing Company, confía en que la Corte y la Comisión, basadas en la jurisdicción interamericana, "reviertan fallos judiciales a nivel nacional que han causado graves lesiones y creado nefastos antecedentes contra la libertad de prensa y de expresión en el continente".


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150583
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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