Reglas
- Horas: Los vehículos solo podrán circular durante el horario de trabajo de la institución.
- Registro único: Todo auto oficial debe portar una placa, la cual es intransferible a otro carro.
El pago de una multa de 100 dólares o la destitución del cargo es lo que les podría costar a 16 funcionarios el haber sido sorprendidos durante el fin de semana violando el Decreto 27 de noviembre de 1996, que regula el buen uso, manejo y control de los vehículos del Estado.
Algunas de estas personas fueron agarradas in fraganti circulando con placa vencida, sin logo de la institución y sin franjas amarillas, transportando personas no autorizadas, estacionados en barriadas, playas, ríos o lugares de esparcimiento, incluso hasta sirviendo de acarreo de materiales, objetos o enseres particulares.
El personal de la Contraloría General de la República logró la retención de estos autos en un operativo sorpresa que realizó en ríos, playas y lugares aledaños a los distritos de Chame y San Carlos, así como en la provincia de Colón.
La norma establece que en el caso de que un servidor público se vea involucrado en un accidente de tránsito utilizando un auto oficial correrá con todas las responsabilidades, siempre y cuando el hecho sea demostrado por un juez de tránsito.
El decreto señala que los funcionarios solo pueden utilizar los autos cuando tengan necesidad del servicio y para ello deben contar con un salvoconducto que indique sus nombres, día y lugar de la misión, nombre de los acompañantes y carné de identificación.