TE pide que se denuncien donaciones y presuntas prácticas clientelistas
El Tribunal Electoral emitió un comunicado sobre las presuntas prácticas clientelistas en las que habría incurrido el Gobierno de Varela, con las “donaciones” en los Gabinetes Sectoriales.
- Redacción web
- - Actualizado: 24/7/2017 - 06:59 pm
El Tribunal Electoral (TE) emitió un comunicado aclarando su postura ante las presuntas prácticas clientelistas en las que habría incurrido el actual Gobierno, con las polémicas “donaciones” que realiza con fondos públicos, en los Gabinetes Sectoriales.
El más reciente de ellos, en Arraiján, ha levantado una ola de críticas, porque participan en las donaciones excandidatos a elecciones populares, y altas figuras del actual Gobierno que suenan para aspirar a cargos públicos en las siguientes elecciones.
Al respecto, en 6 puntos definidos, el TE deja en claro el marco legal que se debe aplicar para el “uso legítimo e ilegítimo de bienes y recursos del Estado”.
El Tribunal Electoral instó a la población a asumir un papel activo y vigilante…
“Cualquier persona que tenga información o pruebas de que algún empleado público, independientemente de su jerarquía, ha incurrido en la conducta prevista en el numeral 6 del artículo 392 del Código Electoral, debe denunciarlo ante la autoridad de investigación competente”, señala el comunicado.
VEA TAMBIÉN Oficialistas aprovechan necesidades del pueblo para sacar ventaja
No obstante, advierte que el TE y sus Juzgados Penales Electorales “solamente pueden actuar cuando la Fiscalía General Electoral desarrolla una investigación y la presenta ante el juez de Garantía correspondiente de la Justicia Penal Electoral o por razón de un proceso jurisdiccional que se adelante”.
A continuación el comunicado...
__________
COMUNICADO DEL TRIBUNAL ELECTORAL SOBRE PRESUNTAS PRÁCTICAS CLIENTELISTAS
1. El Código Electoral sanciona a toda persona que utilice ilegítimamente los recursos del Estado en beneficio o en contra de determinados candidatos o partidos políticos constituidos o en formación (numeral 6, artículo 392).
2. El Tribunal Electoral, mediante los decretos N.° 34 de 1998 y N.° 20 de 2003, reglamentó el concepto de uso legítimo e ilegítimo de bienes y recursos del Estado.
3. La única autoridad competente para iniciar las investigaciones por tales denuncias es la Fiscalía General Electoral, salvo que se trate de diputados, en cuyo caso le corresponde a la Corte Suprema de Justicia; y a la Asamblea Nacional, si se trata del presidente de la República.
4. Con la aprobación de la Ley 29 de 2017, que reformó el Código Electoral, la jurisdicción penal electoral se ha incorporado al Sistema Penal Acusatorio, para hacerla más efectiva y garantista.
5. Cualquier persona que tenga información o pruebas de que algún empleado público, independientemente de su jerarquía, ha incurrido en la conducta prevista en el numeral 6 del artículo 392 del Código Electoral, debe denunciarlo ante la autoridad de investigación competente.
6. El Tribunal Electoral y sus Juzgados Penales Electorales solamente pueden actuar cuando la Fiscalía General Electoral desarrolla una investigación y la presenta ante el juez de Garantía correspondiente de la Justicia Penal Electoral o por razón de un proceso jurisdiccional que se adelante.
Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.