Cinco ciudadanos, oriundo de la provincia de Los Santos, podrían ser sancionados por el Tribunal Electoral (TE) con penas que van de 50 a 500 días multas, por la supuesta comisión del delito de cambio de residencia doloso.
En audiencia presidida por el magistrado Eduardo Valdés Escoferry, sólo se presentó uno de los cinco imputados, quien se declaró inocente y al momento de rendir declaratoria manifestó que no fue instigado para solicitar cambio de residencia del corregimiento de Tres Quebradas para Guararé Arriba.
El encausado dijo que al momento de solicitar el cambio de residencia para Guararé Arriba, visitaba la comunidad con frecuencia para asuntos de trabajo y amistad con uno de sus pobladores, que aunque se había postulado para el cargo de representante del área de ninguna manera había influido en su determinación.
Por su parte, la representante de la Fiscalía Electoral dijo que la relación de amistad y de regularidad de visita a un corregimiento no es suficiente para que una persona pueda escoger su residencia electoral y aunado a eso enfatizó que el desconocimiento de la ley no se puede alegar porque justificaría su incumplimiento quedando el orden y la seguridad afectada.
Agregó que el resto de los acusados que no se presentaron a la audiencia y quienes aceptaron su culpabilidad fueron persuadidos para realizar este trámite con el objetivo de favorecer a un candidato a representante de este corregimiento, por lo que solicitó encausar a los acusados.
El abogado defensor expresó que conforme a los hechos expuestos por la fiscalía y tomando en cuenta la declaración de su defendido, se comprueba que no hubo dolo en su conducta.
Igualmente, explicó que su defendido realizaba actividades laborales en el referido poblado, además de paseos regulares por lo que se obligaba a hospedarse en Guararé Arriba, solicitando su absolución.