Caso Gallego en el contexto de la Ley 1 del 23 de abril de 1990
Recuerdo los primeros días del mes de abril de 1990 cuando el H.L. Arnulfo Escalona (q.e.p.d.) presentó el ante proyecto de ley mediante el cual se solicitaba la creación de una Fiscalía Superior para llevar a cabo la investigación de otro horrendo homicidio como fue el caso del Dr. Hugo Spadafora Franco. Al volver en su calidad de proyecto de ley al pleno de la Asamblea, después de haber tenido la aprobación unánime de la Comisión de Gobierno y entrar el mismo a la discusión, se presentaron grandes divergencias de fondo.
Me correspondió actuar en ese período de la Asamblea como legislador primer suplente y, precisamente, entrar en el debate del mismo proyecto de ley. El texto original del proyecto "creaba una Fiscalía Superior Especial para llevar a cabo la investigación del homicidio del Doctor Hugo Spadafora Franco". Viéndolo así escuetamente, tomé la valiente decisión de objetarlo por considerar que de convertirse en Ley de la República, chocaba con el artículo 19 de la Constitución Nacional. A pesar de que se sabía de antemano que se trataba de una especie de ley política en su tratamiento original por el manejo y la cantidad de personas del interior que presenciaban el acto, me opuse tajantemente para que se corrigiera en el fondo, pues de continuarse con los trámites tal que fue presentado, adolecía de varias fallas jurídicas.
En primer término, chocaba con la Constitución Nacional, como quedó dicho y revivía un espíritu exclusivista, sin importar con los centenares de muertos por homicidio, huellas dejadas por el proceso octubrino de 1968 y años siguientes, con el contubernio del brazo armado de la revolución en referencia y de funcionarios civiles que manejaban amañadamente todos los procesos que iban a la Fiscalía o al Ministerio Público, que afectasen la imagen del Gobierno dictatorial.
Tomé entonces la decisión de hacerle modificaciones al proyecto en discusión, porque de lo contrario, quedaría por fuera el Rev. Héctor Gallego, cuyo caso estaba por prescribir, según las leyes panameñas y muchos otros, como el propio caso de Omar Torrijos Herrera, cuyas interioridades se desconocen.
La primera ponencia de reforma al proyecto, a la sazón, primera ley que iba a ser aprobada por el gobierno democrático, consistía en adicionar la frase al título que dice: "y otros homicidios". De tal suerte que la Ley quedaría textualmente "por el cual se crea una Fiscalía Superior Especial para llevar a cabo la investigación del homicidio del doctor Hugo Spadafora Franco y otros homicidios". De esta manera se enmendó lo que iba a ser un error constitucional o legal que le permitía asidero a los contrarios para pedir la nulidad de la ley por inconstitucional. Asimismo, de esta manera, el caso Gallego, próximo a prescribir tomaba más vigencia. Casi que estas mismas expresiones las escuché de parte del Licdo. Carlos Herrera, luego de haber tomado cargo de esta Fiscalía Superior Especial.
Igualmente, y para asegurarnos de que las cosas tenían que caminar por la vía recta, se introdujo un primer parágrafo al art. 1 que dice textualmente "Cumplido lo anterior, es decir, la investigación del caso Spadafora, el Procurador General de la Nación podrá, de oficio o a petición de parte, asignarle la investigación, de otros homicidios".
Un segundo parágrafo se adicionó a la Ley No, 1 del 23 de abril de 1990, que dice así: "igual procedimiento se adoptará en los demás homicidios que sean investigados por esta Fiscalía Superior Especial". Este detalle se refería a la conclusión de las investigaciones las cuales arrojaban luces para pedir o no el enjuiciamiento de los autores de los crímenes en cuestión.
Para nuestro claro entender, la Ley No. 1 del 23 de abril de 1990, cobra ahora actualización, pues una ley vigente, como ley de la República, permite seguir investigando el caso y otros como el que nos ocupa. La ley es clara, firme y contundente. Ello permitirá ahondar más sobre el crimen o desaparición del Rev. Héctor Gallego, ocurrido un 9 de junio de 1971.
Muchos otros elementos de juicio, a no dudar, surgirán a la luz pública para esclarecer 28 años de oscuridad y de interrogantes que ha tenido el pueblo veragüense, en particular. A no dudar, al darse a conocer el cementerio al margen de la ley en las extintas Fuerzas de Defensa en Tocumen, tortuosos recuerdos acuden a la mente de muchos panameños, de injusticias, azotes, violaciones y una docena de actos propios de la época. A medida que aflorará la verdad en torno al Rev. Gallego, otras tumbas se sacudirán en señal de remordimiento.
Me correspondió actuar en ese período de la Asamblea como legislador primer suplente y, precisamente, entrar en el debate del mismo proyecto de ley. El texto original del proyecto "creaba una Fiscalía Superior Especial para llevar a cabo la investigación del homicidio del Doctor Hugo Spadafora Franco". Viéndolo así escuetamente, tomé la valiente decisión de objetarlo por considerar que de convertirse en Ley de la República, chocaba con el artículo 19 de la Constitución Nacional. A pesar de que se sabía de antemano que se trataba de una especie de ley política en su tratamiento original por el manejo y la cantidad de personas del interior que presenciaban el acto, me opuse tajantemente para que se corrigiera en el fondo, pues de continuarse con los trámites tal que fue presentado, adolecía de varias fallas jurídicas.
En primer término, chocaba con la Constitución Nacional, como quedó dicho y revivía un espíritu exclusivista, sin importar con los centenares de muertos por homicidio, huellas dejadas por el proceso octubrino de 1968 y años siguientes, con el contubernio del brazo armado de la revolución en referencia y de funcionarios civiles que manejaban amañadamente todos los procesos que iban a la Fiscalía o al Ministerio Público, que afectasen la imagen del Gobierno dictatorial.
Tomé entonces la decisión de hacerle modificaciones al proyecto en discusión, porque de lo contrario, quedaría por fuera el Rev. Héctor Gallego, cuyo caso estaba por prescribir, según las leyes panameñas y muchos otros, como el propio caso de Omar Torrijos Herrera, cuyas interioridades se desconocen.
La primera ponencia de reforma al proyecto, a la sazón, primera ley que iba a ser aprobada por el gobierno democrático, consistía en adicionar la frase al título que dice: "y otros homicidios". De tal suerte que la Ley quedaría textualmente "por el cual se crea una Fiscalía Superior Especial para llevar a cabo la investigación del homicidio del doctor Hugo Spadafora Franco y otros homicidios". De esta manera se enmendó lo que iba a ser un error constitucional o legal que le permitía asidero a los contrarios para pedir la nulidad de la ley por inconstitucional. Asimismo, de esta manera, el caso Gallego, próximo a prescribir tomaba más vigencia. Casi que estas mismas expresiones las escuché de parte del Licdo. Carlos Herrera, luego de haber tomado cargo de esta Fiscalía Superior Especial.
Igualmente, y para asegurarnos de que las cosas tenían que caminar por la vía recta, se introdujo un primer parágrafo al art. 1 que dice textualmente "Cumplido lo anterior, es decir, la investigación del caso Spadafora, el Procurador General de la Nación podrá, de oficio o a petición de parte, asignarle la investigación, de otros homicidios".
Un segundo parágrafo se adicionó a la Ley No, 1 del 23 de abril de 1990, que dice así: "igual procedimiento se adoptará en los demás homicidios que sean investigados por esta Fiscalía Superior Especial". Este detalle se refería a la conclusión de las investigaciones las cuales arrojaban luces para pedir o no el enjuiciamiento de los autores de los crímenes en cuestión.
Para nuestro claro entender, la Ley No. 1 del 23 de abril de 1990, cobra ahora actualización, pues una ley vigente, como ley de la República, permite seguir investigando el caso y otros como el que nos ocupa. La ley es clara, firme y contundente. Ello permitirá ahondar más sobre el crimen o desaparición del Rev. Héctor Gallego, ocurrido un 9 de junio de 1971.
Muchos otros elementos de juicio, a no dudar, surgirán a la luz pública para esclarecer 28 años de oscuridad y de interrogantes que ha tenido el pueblo veragüense, en particular. A no dudar, al darse a conocer el cementerio al margen de la ley en las extintas Fuerzas de Defensa en Tocumen, tortuosos recuerdos acuden a la mente de muchos panameños, de injusticias, azotes, violaciones y una docena de actos propios de la época. A medida que aflorará la verdad en torno al Rev. Gallego, otras tumbas se sacudirán en señal de remordimiento.