Colombia y las encuestas electorales
La Corte Constitucional de Colombia, mediante sentencia de fecha 28 de octubre de 1993, declaró inexequible la prohibición de publicar encuestas en un período de 30 días anteriores a la fecha de las elecciones. Posteriormente, mediante sentencia del 23 de marzo de 1994, la misma Corte Constitucional declaró inexequibles las normas del Consejo Nacional Electoral, equivalente del Tribunal Electoral de Panamá, que ordenaban abrir registros de empresas y personas naturales dedicadas a la elaboración de encuestas electorales.
A pesar del notable precedente constitucional de un país mucho más maduro que el nuestro en materia de legislación electoral, en Panamá se mantienen vigentes numerosas medidas coactivas y restrictivas al derecho a la libertad de expresión, que violan dispositivos trascendentes de la Carta Política.
Como recordamos con cierto bochorno, el Código Electoral y el Tribunal Electoral de Panamá reprime la libertad de expresión reflejada en las encuestas electorales, estableciendo un conjunto de medidas inconstitucionales sobre su publicación por los medios de comunicación. No solamente se prohíbe la publicación de encuestas en el período de diez días antes de las elecciones, sino que obliga a los medios de comunicación a minucias administrativas como la inscripción previa de las mismas en las oficinas del tribunal cada vez que se van a publicar, bajo el pretexto de supervisar la metodología e idoneidad de la empresa encuestadora.
A nadie escapa que el resultado de las elecciones del dos de mayo convirtió en una exigencia absurda las anticonstitucionales prohibiciones del Tribunal Electoral, que, por cierto, está en la embarazosa situación de explicar más que exigir a terceros. Los electores panameños demostraron que a la hora de votar se rigen por su criterio, sin importarles lo que digan las encuestas en el extremo hipotético de que hayan sido manipuladas. La hoy Presidenta Electa Mireya Moscoso, ganó guiándose por sus encuestas de carne y hueso, pese a las estimaciones adversas de las encuestas y la absurda censura de la propaganda electoral.
¿Qué sentido tiene aferrarse a prohibiciones que a nadie protegen y que insultan la inteligencia del votante? ¿No es un contrasentido aberrante multar a un medio de comunicación por trivialidades burocráticas como la inscripción previa de una encuesta? Las irregularidades de bulto del proceso electoral obligan a los magistrados del Tribunal Electoral a ocuparse en aclarar su conducta y los hechos sustantivos denunciados en las pasadas elecciones, así como a reclamar la derogatoria legislativa de medidas refutadas por la realidad, en vez de andar implorando, dentro y fuera del país, una autonomía presupuestal a la que no hacen mérito, y de la que nos vamos ocupar más adelante.
A pesar del notable precedente constitucional de un país mucho más maduro que el nuestro en materia de legislación electoral, en Panamá se mantienen vigentes numerosas medidas coactivas y restrictivas al derecho a la libertad de expresión, que violan dispositivos trascendentes de la Carta Política.
Como recordamos con cierto bochorno, el Código Electoral y el Tribunal Electoral de Panamá reprime la libertad de expresión reflejada en las encuestas electorales, estableciendo un conjunto de medidas inconstitucionales sobre su publicación por los medios de comunicación. No solamente se prohíbe la publicación de encuestas en el período de diez días antes de las elecciones, sino que obliga a los medios de comunicación a minucias administrativas como la inscripción previa de las mismas en las oficinas del tribunal cada vez que se van a publicar, bajo el pretexto de supervisar la metodología e idoneidad de la empresa encuestadora.
A nadie escapa que el resultado de las elecciones del dos de mayo convirtió en una exigencia absurda las anticonstitucionales prohibiciones del Tribunal Electoral, que, por cierto, está en la embarazosa situación de explicar más que exigir a terceros. Los electores panameños demostraron que a la hora de votar se rigen por su criterio, sin importarles lo que digan las encuestas en el extremo hipotético de que hayan sido manipuladas. La hoy Presidenta Electa Mireya Moscoso, ganó guiándose por sus encuestas de carne y hueso, pese a las estimaciones adversas de las encuestas y la absurda censura de la propaganda electoral.
¿Qué sentido tiene aferrarse a prohibiciones que a nadie protegen y que insultan la inteligencia del votante? ¿No es un contrasentido aberrante multar a un medio de comunicación por trivialidades burocráticas como la inscripción previa de una encuesta? Las irregularidades de bulto del proceso electoral obligan a los magistrados del Tribunal Electoral a ocuparse en aclarar su conducta y los hechos sustantivos denunciados en las pasadas elecciones, así como a reclamar la derogatoria legislativa de medidas refutadas por la realidad, en vez de andar implorando, dentro y fuera del país, una autonomía presupuestal a la que no hacen mérito, y de la que nos vamos ocupar más adelante.