Derechos humanos y nuevo Código Penal
CON GUSTO ME adhiero al "Manifiesto al País" frente al nuevo Código Penal, a través del cual ciudadanas y ciudadanos dignos expresan una profunda preocupación ante los retrocesos que en relación a los Derechos Humanos pueda implicar la propuesta de nuevo Código Penal.
El manifiesto señala que el documento que actualmente se discute en la Asamblea, va en detrimento de los logros alcanzados en los últimos años por la sociedad civil organizada y de los compromisos asumidos por el Estado, en materia de Derechos Humanos, especialmente de niñas, niños, adolescentes y mujeres.
Es una oportunidad histórica para que el Estado ratifique su intención de participar junto a la comunidad nacional e internacional en la defensa de los Derechos Humanos y en el combate a delitos que lesionan la integridad de las personas, la familia y la democracia.
Estamos convencidos de que la violencia doméstica es un grave flagelo que afecta a nuestra sociedad, y que tiene un fuerte impacto en la violencia social y delincuencial que actualmente sufrimos. Por lo que es necesario que el nuevo Código Penal, preserve el "tipo penal" de violencia doméstica como está contenido en la Ley 38 de 2001 que regula lo concerniente a violencia doméstica, y no la propuesta que intenta introducir la demostración de un "patrón de conducta" violenta para que se configure el delito. Es indispensable que como sociedad enviemos un mensaje de no tolerancia a la violencia, imponiendo sanciones que resarzan el daño social y permitan modificar las conductas violentas dentro de la unidad doméstica familiar.
En el tema de aborto es necesario aclarar que la nueva propuesta no plantea la legalización o despenalización del aborto, sino mantener la normativa vigente en esta materia, así como las dos excepciones que están en el Código Penal que rige actualmente, que a nuestro juicio deben mantenerse: cuando el embarazo es producto de una violación carnal, o por graves causas de salud que pongan en peligro la vida de la madre o del producto de la concepción. Independientemente de nuestras creencias religiosas, reconocemos, tal como lo ha hecho la OPS/OMS y la ONU, al reconocer que el aborto clandestino es un problema de salud pública que aumenta la mortalidad materna, y es responsabilidad de toda la sociedad velar por la vida de las mujeres, prioritariamente debe prevenirlo, a través de educación, consejería y atención integral, entre otros. Por otro lado, hay evidencias de que en los países en los que se ha eliminado (o intentado sancionar) el aborto ético y el aborto terapéutico, se ha incrementado el número de muertes maternas. Perseguir el aborto aumentando las penas no solucionará el problema.
En los temas bajo el título de "Delitos contra el pudor y la libertad sexual", hemos encontrado también graves retrocesos, así como la insistencia de mantener el matrimonio como un causa de extinción de la pena en delitos tan atroces, referidos incluso a menores de edad, como el rapto y actos libidinosos y abusos cometidos por personas que tienen a cargo el cuidado de otra. De igual forma en lo atinente a "Explotación sexual comercial", pues el anteproyecto da margen a la aplicación de sanciones alternativas y medios para terminar el proceso penal, dejando a las víctimas generalmente niñas, niños y adolescentes desprovistas de la justicia, de esta manera se desconocen los grandes avances hechos por el Estado panameño con la Ley Nº 16 de 31 de Marzo de 2004, "Que dicta disposiciones para la prevención y tipificación de delitos contra la integridad y la libertad sexual, y modifica y adiciona artículos a los códigos penal y judicial".
Señala Magaly J. Castillo, de la Alianza Ciudadana Pro Justicia, los aspectos siguientes: que el artículo 127 del proyecto se incluyen a la Amnistía y al indulto como causa de extinción de la acción penal y de la pena tal y como establece en la legislación vigente. Propusimos que el indulto solamente debe extinguir la pena, para evitar que se indulten a personas que están siendo procesadas tal y como ha ocurrido en nuestro país. Las personas responsables de crímenes de derecho internacional no deben ser beneficiadas con amnistía e indulto y el código debe decirlo expresamente. El Código debe establecer lo que es un delito político para evitar que se le otorgue indulto o amnistía a personas que cometan delitos comunes o contra la administración pública. Se sugiere que se retomen las observaciones realizadas por Amnistía Internacional sobre el Estatuto de Roma y los crímenes de lesa humanidad.
En relación a los delitos contra la Salud Pública, se propone incluir nuevamente en el tipo penal la sanción a la falsificación del permiso o licencia de importación de productos medicinales. También se considera necesario aumentar las penas de estos delitos. Se propone incluir la modalidad culposa en los delitos de alteración o envenenamientos de productos alimenticios y medicinales.
Se considera necesario tipificar la conducta de la corrupción de un funcionario público que acepte dinero o un beneficio para retardar un acto inherente a sus funciones o para realizar un acto contrario a las mismas. La figura del enriquecimiento injustificado se encuentra mal redactada, en el proyecto, por tanto se sugiere se adopte la redacción prevista para este delito en los Convenios Internacionales contra la Corrupción y que fue presentada por el Ministerio Público a la Comisión de Gobierno.
Por todo ello el país exige a las y los diputados, legislar en pro de los Derechos Humanos de todas y todos.
raulleisr@hotmail.com
Según Andrés Robleto, del IDAAN, la situación se registra debido a la irresponsabilidad de las personas, por ejemplo, en corregimientos como Calidonia, Santa Ana, Curundú, San Felipe y El Chorrillo, donde han amanecido sin agua potable porque abren los hidrantes sin permiso.
Con la ampliación de la potabilizadora de Chilibre, alrededor de medio millón de personas que antes no tenía agua, están siendo beneficiadas las 24 horas del día.
No obstante, otro de los problemas de la baja presión en los hidrantes, también se debe a la rotura de tuberías, debido a que éstas tienen más de 30 años.
Sin embargo, Robleto explicó que el IDAAN se ha encargado de solucionar los problemas.
Los trabajos de ampliación terminaron el año pasado y se garantiza el suministro de agua potable hasta el año 2025 para las poblaciones de Panamá centro, San Miguelito y el sector Este.
Para la ampliación, fue necesaria la instalación de seis nuevas bombas que tienen un costo de cerca de B/. 300 mil cada una, lo que hace una inversión de unos B/. 2.4 millones.
Hasta el momento no han tenido problemas con el funcionamiento de la planta potabilizadora de Chilibre, señaló.
El manifiesto señala que el documento que actualmente se discute en la Asamblea, va en detrimento de los logros alcanzados en los últimos años por la sociedad civil organizada y de los compromisos asumidos por el Estado, en materia de Derechos Humanos, especialmente de niñas, niños, adolescentes y mujeres.
Es una oportunidad histórica para que el Estado ratifique su intención de participar junto a la comunidad nacional e internacional en la defensa de los Derechos Humanos y en el combate a delitos que lesionan la integridad de las personas, la familia y la democracia.
Estamos convencidos de que la violencia doméstica es un grave flagelo que afecta a nuestra sociedad, y que tiene un fuerte impacto en la violencia social y delincuencial que actualmente sufrimos. Por lo que es necesario que el nuevo Código Penal, preserve el "tipo penal" de violencia doméstica como está contenido en la Ley 38 de 2001 que regula lo concerniente a violencia doméstica, y no la propuesta que intenta introducir la demostración de un "patrón de conducta" violenta para que se configure el delito. Es indispensable que como sociedad enviemos un mensaje de no tolerancia a la violencia, imponiendo sanciones que resarzan el daño social y permitan modificar las conductas violentas dentro de la unidad doméstica familiar.
En el tema de aborto es necesario aclarar que la nueva propuesta no plantea la legalización o despenalización del aborto, sino mantener la normativa vigente en esta materia, así como las dos excepciones que están en el Código Penal que rige actualmente, que a nuestro juicio deben mantenerse: cuando el embarazo es producto de una violación carnal, o por graves causas de salud que pongan en peligro la vida de la madre o del producto de la concepción. Independientemente de nuestras creencias religiosas, reconocemos, tal como lo ha hecho la OPS/OMS y la ONU, al reconocer que el aborto clandestino es un problema de salud pública que aumenta la mortalidad materna, y es responsabilidad de toda la sociedad velar por la vida de las mujeres, prioritariamente debe prevenirlo, a través de educación, consejería y atención integral, entre otros. Por otro lado, hay evidencias de que en los países en los que se ha eliminado (o intentado sancionar) el aborto ético y el aborto terapéutico, se ha incrementado el número de muertes maternas. Perseguir el aborto aumentando las penas no solucionará el problema.
En los temas bajo el título de "Delitos contra el pudor y la libertad sexual", hemos encontrado también graves retrocesos, así como la insistencia de mantener el matrimonio como un causa de extinción de la pena en delitos tan atroces, referidos incluso a menores de edad, como el rapto y actos libidinosos y abusos cometidos por personas que tienen a cargo el cuidado de otra. De igual forma en lo atinente a "Explotación sexual comercial", pues el anteproyecto da margen a la aplicación de sanciones alternativas y medios para terminar el proceso penal, dejando a las víctimas generalmente niñas, niños y adolescentes desprovistas de la justicia, de esta manera se desconocen los grandes avances hechos por el Estado panameño con la Ley Nº 16 de 31 de Marzo de 2004, "Que dicta disposiciones para la prevención y tipificación de delitos contra la integridad y la libertad sexual, y modifica y adiciona artículos a los códigos penal y judicial".
Señala Magaly J. Castillo, de la Alianza Ciudadana Pro Justicia, los aspectos siguientes: que el artículo 127 del proyecto se incluyen a la Amnistía y al indulto como causa de extinción de la acción penal y de la pena tal y como establece en la legislación vigente. Propusimos que el indulto solamente debe extinguir la pena, para evitar que se indulten a personas que están siendo procesadas tal y como ha ocurrido en nuestro país. Las personas responsables de crímenes de derecho internacional no deben ser beneficiadas con amnistía e indulto y el código debe decirlo expresamente. El Código debe establecer lo que es un delito político para evitar que se le otorgue indulto o amnistía a personas que cometan delitos comunes o contra la administración pública. Se sugiere que se retomen las observaciones realizadas por Amnistía Internacional sobre el Estatuto de Roma y los crímenes de lesa humanidad.
En relación a los delitos contra la Salud Pública, se propone incluir nuevamente en el tipo penal la sanción a la falsificación del permiso o licencia de importación de productos medicinales. También se considera necesario aumentar las penas de estos delitos. Se propone incluir la modalidad culposa en los delitos de alteración o envenenamientos de productos alimenticios y medicinales.
Se considera necesario tipificar la conducta de la corrupción de un funcionario público que acepte dinero o un beneficio para retardar un acto inherente a sus funciones o para realizar un acto contrario a las mismas. La figura del enriquecimiento injustificado se encuentra mal redactada, en el proyecto, por tanto se sugiere se adopte la redacción prevista para este delito en los Convenios Internacionales contra la Corrupción y que fue presentada por el Ministerio Público a la Comisión de Gobierno.
Por todo ello el país exige a las y los diputados, legislar en pro de los Derechos Humanos de todas y todos.
raulleisr@hotmail.com
Según Andrés Robleto, del IDAAN, la situación se registra debido a la irresponsabilidad de las personas, por ejemplo, en corregimientos como Calidonia, Santa Ana, Curundú, San Felipe y El Chorrillo, donde han amanecido sin agua potable porque abren los hidrantes sin permiso.
Con la ampliación de la potabilizadora de Chilibre, alrededor de medio millón de personas que antes no tenía agua, están siendo beneficiadas las 24 horas del día.
No obstante, otro de los problemas de la baja presión en los hidrantes, también se debe a la rotura de tuberías, debido a que éstas tienen más de 30 años.
Sin embargo, Robleto explicó que el IDAAN se ha encargado de solucionar los problemas.
Los trabajos de ampliación terminaron el año pasado y se garantiza el suministro de agua potable hasta el año 2025 para las poblaciones de Panamá centro, San Miguelito y el sector Este.
Para la ampliación, fue necesaria la instalación de seis nuevas bombas que tienen un costo de cerca de B/. 300 mil cada una, lo que hace una inversión de unos B/. 2.4 millones.
Hasta el momento no han tenido problemas con el funcionamiento de la planta potabilizadora de Chilibre, señaló.