El Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa
El actual Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa, que es la ley que la rige, fue creado por los que conformamos esa Cámara, a partir del año 1984. Se tomó en cuenta la opinión de todos los legisladores que recién habíamos iniciado labores y se hicieron cantidad de consultas y de común acuerdo, entre los que representaban el gobierno y los opositores, logramos el documento que ha servido de base a todas las legislaturas a partir de esa fecha. Además se tomó como guía el último reglamento que existió en la Asamblea Nacional hasta 1968. De allí en adelante no hubo reglamento, o no se pudo localizar ninguno.
A pesar de que la mayoría, no todos, habíamos entrado por la puerta ancha con votos emitidos a nuestro favor, fue una Asamblea Legislativa de avanzada, con todos los defectos que se le pueden atribuir, que respetó la Constitución Nacional vigente. En otras palabras, a pesar que los militares gobernaban a su antojo, no puedo decir que influyeran para violarla. Tal vez sus asesores eran más inteligentes que los actuales, porque todavía no alcanzo a comprender cómo pudieron dar paso al exabrupto jurídico que ha constituido la reforma que se ha efectuado al Reglamento Interno vigente.
Para los efectos del quórum, quedó debidamente establecido que éste lo constituía la mitad más uno de todos los legisladores que conformaban la Asamblea Legislativa, que éramos sesenta y siete. En estas condiciones, si no respondían al llamado a sesiones treinta y cuatro legisladores, no se llevaba a efecto la reunión. Así mismo todo lo que había que aprobar por mayoría simple, seguía esta norma, que democráticamente hablando, es un principio irrefutable. Hoy se pretende que diecisiete legisladores conformen el quórum. Considero que es un abuso y falta de respeto a la ciudadanía. No recuerdo que antes se haya sugerido, mucho menos propuesto, que la Asamblea Legislativa destinara porcentaje de los ingresos para su desenvolvimiento. El artículo 268 de la Constitución Nacional es claro y en una de sus partes establece lo que sigue: "La Asamblea Legislativa no podrá aumentar ninguna de las erogaciones previstas en el Proyecto de Presupuesto o incluir una nueva erogación, sin la aprobación del Consejo de Gabinete, ni aumentar el cálculo de los ingresos sin el concepto favorable del Contralor General de la República". Destinar un porcentaje de los ingresos, que afectan el presupuesto, viola flagrantemente este artículo, porque se está anticipando lo que corresponde al Poder Ejecutivo determinar para el próximo año, que debe ser presentado a la Asamblea Legislativa antes del 30 de septiembre de 1999.
Pareciera que la mayoría de la actual Asamblea Legislativa está tratando de entorpecer el manejo del país a partir del próximo quinquenio y en estas condiciones, considero que el Presidente de la República debe vetar las reformas propuestas. Si las cosas continúan como hasta ahora, no le quedará otro recurso a la Presidenta que se encargará el 1 de septiembre que disolver este poder del Estado y llamar a una Asamblea Constituyente, que será la verdadera representación del pueblo por la cual he venido martillando, conjuntamente con muchos ciudadanos, para que se realice y se ponga fin a la Constitución Nacional de la dictadura.
A pesar de que la mayoría, no todos, habíamos entrado por la puerta ancha con votos emitidos a nuestro favor, fue una Asamblea Legislativa de avanzada, con todos los defectos que se le pueden atribuir, que respetó la Constitución Nacional vigente. En otras palabras, a pesar que los militares gobernaban a su antojo, no puedo decir que influyeran para violarla. Tal vez sus asesores eran más inteligentes que los actuales, porque todavía no alcanzo a comprender cómo pudieron dar paso al exabrupto jurídico que ha constituido la reforma que se ha efectuado al Reglamento Interno vigente.
Para los efectos del quórum, quedó debidamente establecido que éste lo constituía la mitad más uno de todos los legisladores que conformaban la Asamblea Legislativa, que éramos sesenta y siete. En estas condiciones, si no respondían al llamado a sesiones treinta y cuatro legisladores, no se llevaba a efecto la reunión. Así mismo todo lo que había que aprobar por mayoría simple, seguía esta norma, que democráticamente hablando, es un principio irrefutable. Hoy se pretende que diecisiete legisladores conformen el quórum. Considero que es un abuso y falta de respeto a la ciudadanía. No recuerdo que antes se haya sugerido, mucho menos propuesto, que la Asamblea Legislativa destinara porcentaje de los ingresos para su desenvolvimiento. El artículo 268 de la Constitución Nacional es claro y en una de sus partes establece lo que sigue: "La Asamblea Legislativa no podrá aumentar ninguna de las erogaciones previstas en el Proyecto de Presupuesto o incluir una nueva erogación, sin la aprobación del Consejo de Gabinete, ni aumentar el cálculo de los ingresos sin el concepto favorable del Contralor General de la República". Destinar un porcentaje de los ingresos, que afectan el presupuesto, viola flagrantemente este artículo, porque se está anticipando lo que corresponde al Poder Ejecutivo determinar para el próximo año, que debe ser presentado a la Asamblea Legislativa antes del 30 de septiembre de 1999.
Pareciera que la mayoría de la actual Asamblea Legislativa está tratando de entorpecer el manejo del país a partir del próximo quinquenio y en estas condiciones, considero que el Presidente de la República debe vetar las reformas propuestas. Si las cosas continúan como hasta ahora, no le quedará otro recurso a la Presidenta que se encargará el 1 de septiembre que disolver este poder del Estado y llamar a una Asamblea Constituyente, que será la verdadera representación del pueblo por la cual he venido martillando, conjuntamente con muchos ciudadanos, para que se realice y se ponga fin a la Constitución Nacional de la dictadura.