Estafa a la justicia
Diversos medios de comunicación hemos dado cuenta en los últimos días, de la jugarreta realizada por tres conspicuos ex funcionarios, quienes estaban detenidos en un centro de reclusión a órdenes del sistema penitenciario, hasta que obtuvieron su libertad bajo fianza.
Hasta allí, cualquier desprevenido observador diría que no hay nada anormal, si no fuera porque la fianza la lograron, con base en una finca cuyo valor registrado está muy por encima de su valor de mercado. Si la administración de justicia pretendiera hacer efectiva la fianza, por ejemplo, porque alguno de los afianzados huye del país, entonces se estaría profiriendo al Estado una lesión enorme, basada en un evidente y burdo engaño.
Nuestro Código Penal, en sus artículos 216 y 217 tipifica la conducta mediante la cual los ex funcionarios de marras obtuvieron el beneficio de la libertad bajo fianza, como una clara estafa, en los siguientes términos: “Quien mediante el engaño se procure o procure a un tercero un provecho ilícito en perjuicio de otro será sancionado con prisión de uno a cuatro años”. “La conducta prevista en el artículo anterior será sancionada con prisión de cinco a diez años en los siguientes casos: 1. Si la lesión patrimonial excede de cien mil balboas. 3. Si se comete en detrimento de la administración pública.”
Esperemos que el Procurador Suplente le ponga coto a esta bribonada y procese a los estafadores.