Goles, madrugonazos y otros vicios legislativos
Sería digno de un estudio psicológico la propensión de nuestros honorables "Padres de la Patria" a actuar a escondidas de sus electores. Este fenómeno es casi similar a la actuación de los amigos de lo ajeno, quienes se ocultan en la clandestinidad o nocturnidad para cometer fechorías en perjuicios de todos los ciudadanos honrados.
De la misma manera, los honorables diputados se aprovechan de la falta de seguimiento de su labor, por parte de sus conciudadanos, o bien esperan periodos festivos o de largas jornadas de descanso para sorprender a todos con leyes que buscan beneficiarlos a ellos, o bien, brindarle ventajas económicas o políticas a sus amigos o copartidarios. Lo triste del asunto es que algunos pecan por hacer y otros por no decir nada, convirtiéndose en cómplices de estas actuaciones malsanas, como dice el refrán "tan culpable es quien mata la vaca como el que le jala la pata".
Con los avances en materia de transparencia y acceso a la información se ha hecho más evidente esa situación, permitiendo levantar la voz de protesta en contra de estas actuaciones, ya sea por crearse ventajas fiscales o exoneraciones a su favor, reformas a los proceso de quiebra a favor de personas determinadas, levantar medidas en áreas ecológicamente protegidas o disfrazar normas en proyectos de ley que no guardan relación con el tema a legislar.
Recientemente fue aprobada la Ley 60 de 28 de octubre de 2008, la cual redujo los términos de prescripción en los contratos bancarios de cinco a tres años. Esta ley se aprobó en menos de quinces días durante el mes junio de 2008 y se hizo a espaldas de todo el sector bancarios, financiero y comercial del país, a los que no se les pidió opinión sobre la reforma que se pretendía hacer y que afecta a la recuperación de las acreencias de los mismos.
Resulta irónico que estemos hablando de atraer inversiones extranjeras, cuando por otra parte estamos mandado un mensaje equivocado con leyes que buscan desestimar o afectar estas inversiones. Sólo por mencionar, en México y Argentina el término de prescripción ordinaria de obligaciones comerciales es de diez años, y en nuestro país lo han reducido de un plumazo a tres años, lo que en definitiva crea un halo de inseguridad en cualquier comerciante o financista. Esta situación obligará al sector bancario y financiero a tomar medidas en cuanto el riesgo de la cartera, que pudiese incluso tener en cuenta el establecimiento de políticas de crédito mas cerradas para los consumidores, punto éste que nunca fue ponderado por los diputados.
Lo interesante de eso es que el Presidente de la Nación no sancionó la ley, razón por la cual, y en base a la facultad que establece el Art. 172 de la Constitución Nacional, el presidente de la Asamblea procedió a sancionar y publicar la referida ley. Esta oficiosidad hace suponer que los honorables tenían un interés marcado de evitar que el casero o el mueblero les hicieran la visita.