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La reforma y el control previo


Una de las reformas propuestas por el Presidente Electo, Martín Torrijos, a través de su bancada en la Asamblea Legislativa, guarda relación con el control previo que ejerce la Contraloría General de la Nación y su facultad para ser juez y parte si detecta irregularidades. La modificación es sabia, habida cuenta que la experiencia de más de una década nos señala la conveniencia de encontrar un equilibrio entre fiscalización del uso de los fondos públicos y ejecución del gasto presupuestado, para no provocar una parálisis en el funcionamiento del Estado y las necesarias inversiones; pero cualquiera moderación de dicha función fiscalizadora debe acompañarse de una reiteración de la responsabilidad personal de los funcionarios que tienen facultades de manejo de fondos, bienes y demás recursos, así como reforzamiento de las instituciones que velan porque esos recursos no sean utilizados indebidamente.
Quizá no sea conveniente incluir en la propia Constitución esta reiteración y reforzamiento, sin embargo debe existir el compromiso del Presidente Electo de reglamentar esta materia durante sus primeros cien días de gestión. De otra forma, la modificación podría convertirse en letra muerta y hasta propiciar más corrupción a menor rigor controlador.
El numeral 2 del Art. 276 de la Constitución Nacional establece que una de las funciones de la Contraloría General de la República es "fiscalizar, regular y controlar todos los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos, a fin de que se realicen con corrección y según lo establecido en la Ley. La Contraloría determinará los casos en que ejercerá tanto el control previo como el posterior sobre los actos de manejo, al igual que aquellos en que sólo ejercerá este último." En la propuesta de reformas, se recomienda modificar ese texto para que lea así: "Fiscalizar y regular mediante el control previo o posterior todos los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos, a fin de que se realicen con corrección y según lo establecido en la ley. La Ley determinará los casos en que deberá ejercerse el control previo."
Durante los últimos años, so pretexto de "fiscalizar, regular y controlar" los actos de manejo de los funcionarios, la Contraloría ha multiplicado su presencia en todas las instituciones estatales, hasta el punto que en muchas, si no en todas ellas, hoy ejerce una especie de co-administración de los recursos del Estado.
Entendemos que hay casi un millar de empleados de Contraloría firmando cheques en todo el país. En sí, esa co-administración no es mala, si fuera eficiente y eficaz en evitar irregularidades, fraudes, etc., sin paralizar ni retrasar el ejercicio de la función pública. Sin embargo, si aún con esa co-administración persiste el uso indebido de fondos y recursos estatales, en los cuales hasta funcionarios de la Contraloría acaban involucrados, por acción u omisión, entonces se está perjudicando a toda la gestión pública sin lograr beneficio alguno. Amén que la presencia de la Contraloría ha sido acogida como eximente de responsabilidad de los funcionarios de gestión.
Otra alternativa podría ser la de otorgar un plazo para que contraloría emita criterio, cumplido el cual, se entendería emitido favorablemente. De ese modo, se prevendrían las demoras y parálisis.
En la empresa privada existe una auditoría interna y, cuando son de envergadura, un auditor externo, cada uno con sus funciones y responsabilidades. La propuesta de reforma busca permitir el control previo, es decir, que la Contraloría funja como auditor interno, sólo cuando la ley lo requiera, pero establece que ejercerá siempre el control posterior. En todo caso, le correspondería a cada institución contar con su propia auditoría interna. Esa modificación, casada con un Tribunal de Cuentas independiente y eficaz, ante el cual la Contraloría tendría que sustentar supuestas irregularidades, tiene que ser un avance para la gestión pública.
Faltarían con reglas claras sobre las responsabilidades de los funcionarios de manejo, las cuales el Presidente Electo deberá promover cuanto antes y así establecer las bases para poder cumplir con su compromiso de "cero corrupción".
Toda esta información es completamente veraz y retamos a cualquier entidad, incluyendo a la ACP, que nos desmienta.
Somos tres millones de panameños los dueños del Canal y no es cierto que algunos panameños de la Republica impongan sus intereses a los verdaderos intereses de Panamá, donde residimos nosotros.
Poseemos aún mucha más información digna que debes conocer panameño. Llegará la hora de un referéndum y tendremos que decidir sobre usar el dinero que nos corresponde en obras de alta prioridad como la mejora y construcción de escuelas, equipar adecuadamente nuestros hospitales, reparar y construir nuestras calles, carreteras y vías de acceso, estimular nuestro campo, invertir en turismo. Tenemos un 40% de pobreza y embarcarnos en un proyecto que no es necesario hacer por ahora con una deuda adicional de 8,000 millones de dólares es una perfecta locura. ¿Por qué se nos engaña y dice que el Canal será obsoleto mañana? ¿Qué propósito habrá?
Y aún hay más información para ilustrar a nuestros conciudadanos, pues considero que es un deber cívico.¿Sabes que desde que se empezó a utilizar la ruta multimodadal de Estados Unidos, el porcentaje de carga por el Canal bajó del 5.6% al 3.9%?

101 años de Panamá América

 
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