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La transparencia administrativa


"La transparencia en los procesos de decisión de los servidores públicos, refuerza el carácter democrático de las instituciones de gobierno y la confianza del público en las decisiones".
Actualmente, las relaciones entre los particulares y los poderes públicos están adquiriendo una nueva dimensión, la distancia con la que ya hace tiempo los ciudadanos ven a las administraciones públicas ha abierto un ámbito de reflexión pública sobre las reformas necesarias para conseguir que los ciudadanos se sientan más identificados con sus gobiernos, de allí que tomando en cuenta esto se ha introducido en el ordenamiento jurídico patrio una norma que garantice la transparencia administrativa, y en concreto el derecho de acceso a la información y documentación de toda la administración, mediante la Ley 6 de 2002.
La cuestión de la transparencia administrativa y del derecho de los ciudadanos a acceder a la documentación administrativa no sólo debe significar un instrumento para dar contenido y efectividad a una posición subjetiva, a un derecho del ciudadano sino que debe considerarse cada vez más como una exigencia del buen orden administrativo, como un criterio objetivo que deriva de los mandatos de buena administración, de buen funcionamiento, de objetividad clara que sobrepase la discrecionalidad de los funcionarios.
El acceso al conocimiento de la fundamentación de la actuación de la administración, en cada caso concreto, además de satisfacer el interés singular, sitúa a la administración en la necesidad de objetivar dicha fundamentación, es decir motivar materialmente su actuación y establecer los porqué de éstas, sin miramientos, ni buscando excusas que no llevan más que a la población a pensar que algo se esconde y por tal no se quiere hacer público.
Los gobiernos y sus detentores del poder en determinados momentos, normalmente pecan en esconder información que si es dada de primera mano, muchas veces causa menos trauma que el esconderla hasta el punto en el cual no resisten más y revientan causando daños irreparables, de allí que debemos ser conscientes que cuando actuamos como funcionarios, lo hacemos por un lapsus de tiempo, mas cuando ocupamos posiciones donde ostentamos algún grado de mando, pues al tiempo seremos sustituidos y de alguna manera u otra, aquellas cosas a las cuales les rehuimos o escondemos, saldrán a flote y el castigo moral será mucho peor.
La ley que busca la trasparencia y el acceso a la información, tiene sus ventajas, pero también chocará con otras situaciones, como es el caso de las leyes de carácter especial, las cuales por su propia característica, priman sobre las normas de carácter general, como lo es la Ley 6 de 2002 y sobre ese punto es que hay que verificar. La Ley de Transparencia está vigente y el que no la quiere aceptar tendrá sus motivos más personales que jurídicos, nosotros tenemos una Ley especial (56 de 1995) que de por sí nos obliga a ser transparentes y a la vez nos señala que todo lo relacionado con los actos públicos, serán, valga la redundancia, públicos y así lo estamos haciendo y lo haremos cumplir por el bien de todos. Así veo las cosas y así las cuento.

101 años de Panamá América

 
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