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Libertad de expresión y justicia internacional


HOY 14 de julio se conmemora un aniversario más de la Toma de la Bastilla, acción que dio inicio a la Revolución Francesa, que marcó a la humanidad para siempre. El 1 de julio de 2006 marcó el 4to aniversario de la entrada en vigor del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. El lunes 17 de julio, conocido como el Día Mundial de la Justicia Internacional, el mundo conmemorará los esfuerzos llevados a cabo por las instituciones como la Corte Penal Internacional, los gobiernos, y las Organizaciones No Gubernamentales en pro de los principios de la justicia internacional.
Traigo a colación estas conmemoraciones por la situación que conocemos en Panamá, donde prima cada día más la politización de lo jurídico y donde la población vive a diario la traición de sus esperanzas y la permanente burla de los compromisos contraídos por los gobernantes y los factores reales de poder.
Mientras la justicia en el plano internacional, logra dar pasos importantes y determinantes en su delicado y dificultoso caminar, nosotros en Panamá nos adentramos cada vez más por los tortuosos caminos que nos distancian de la posibilidad de poder establecer un Estado constitucional democrático.
Las intenciones de conculcar los frágiles espacios de libertad de expresión existentes, quedaron en evidencia en las manifestaciones de algunos de los "comisionados" gubernamentales para la elaboración del anteproyecto de Código Penal. Sus descarnados propósitos, aun cuando han sido puestos en evidencia, no podemos creer que han desaparecido como resultado de "consensos" obtenidos para evadir la repulsa que sus pretensiones han generado.
En efecto, en un contundente comunicado el Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés), expresó el pasado 23 de junio su "alarma por la propuesta enviada al presidente de Panamá, Martín Torrijos, para endurecer las sanciones por difamación, incluyendo una duplicación de las penas de cárcel". "Estas propuestas son escandalosas", señaló la Directora Ejecutiva del CPJ Ann Cooper. "Los abogados y académicos que participaron en la comisión no están a la par con el derecho internacional", añadió Cooper.
"Panamá debería despenalizar las leyes de difamación en lugar de duplicar las penas de cárcel para los periodistas. Instamos el presidente Torrijos no solamente a rechazar estas recomendaciones sino también a eliminar por completo las sanciones penales por difamación". Recordó el Comité que a finales de abril, la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México aprobó una ley que elimina definitivamente la injuria y la calumnia del Código Penal de la capital mexicana, remitiendo las demandas relativas a estas causas a la jurisdicción civil. En septiembre del 2004, en otra decisión histórica, la Corte Interamericana dictaminó en el caso del político paraguayo, Ricardo Canese, que la sentencia de difamación en su contra violó el derecho internacional. La Corte encontró que el proceso penal en sí mismo vulneró la Convención Americana sobre Derechos Humanos al ser una limitación "excesiva en una sociedad democrática".
Por otra parte, el 30 de junio de 2006. E. Markham Bench, Director Ejecutivo del Comité Mundial de Libertad de Prensa(http://www.wpfc.org/) -una organización que engloba a 45 grupos de libertad de prensa de todo el mundo- escribió una carta al presidente del Organo Legislativo panameño, para expresar su "alarma ante las draconianas condiciones que impondría a la prensa panameña el proyecto de ley conocido como "Anteproyecto de Código Penal".
En su misiva Bench destaca que "La desafortunada iniciativa, en su Título IV -"De los Delitos contra el Honor de la Persona Natural", artículos 212 y 213-, establecería penas de prisión para los delitos de calumnia e injuria; y el artículo 214 aumentaría las penas de prisión ya establecidas para los casos de difamación cometidos "a través de un medio de comunicación social oral, escrito o mediante un sistema electrónico". Este mismo artículo 214 también incluye castigos para quienes "publiquen, difundan o reproduzcan" las supuestas declaraciones injuriosas, adoptando así lo que en algunos países se conoce como el "efecto cascada", el cual responsabiliza no sólo al autor de las declaraciones sino también a los editores responsables de la publicación o emisión. Esta acción mordaza, y en realidad prácticamente todo el anteproyecto, es propia de regímenes autocráticos temerosos de una prensa libre e independiente que obligue a los funcionarios públicos a rendir cuentas al público. Todo el desafortunado conjunto ignora las recomendaciones del sistema jurídico interamericano, concretamente las de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El Artículo 10 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, reza: "Las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público. La protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público".
Recuerdan también que "..La presentación de este "Anteproyecto de Código Penal" constituye un alarmante paso atrás que amenaza con anular de un plumazo los avances en el campo de la libertad de prensa que tantos esfuerzos han costado en Panamá".
Redoblemos entonces nuestros esfuerzos para evitar que con motivo de la proyectada ampliación del Canal, sigan en aumento las medidas de represión a la libertad de expresión y al derecho a la información.

101 años de Panamá América

 
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