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A los héroes y mártires no se les llora, se les imita


Mensaje a los Servidores Públicos injustamente destituidos: A finales de este mes de enero del año 2000, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CDH) fallará, lo más probable a favor de 275 trabajadores injustamente despedidos por el Gobierno de Guillermo Endara G. Este fallo significará que el Estado panameño tendrá que desembolsar casi 100 millones de balboas a favor de todos ellos y de no cancelarse dicha suma, los trabajadores podrán secuestrar y embargar cualquier bien de la República de Panamá en cualquier parte del mundo.
¿Por qué sostenemos que la Corte fallará en un 95% a favor de los trabajadores? Porque la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos(CIDH) "solicitó a la Corte que declarara que Panamá violó" varios artículos de la Convención Americana por los Derechos Humanos, "por lo que el Estado panameño debe restablecer a los trabajadores destituidos en el ejercicio de sus derechos y reparar e indemnizar a las víctimas". Además que ya la Comisión sostiene la violación por parte del Gobierno de Endara en contra de los trabajadores destituidos en 1990, por medio de la Ley 25, entre los varios testigos que llevará el Gobierno Nacional para contrarrestar los alegatos de los trabajadores, ira el propio expresidente Guillermo Endara. Sabemos por la forma muy folclórica de actuar del Lic. Endara, sus contradicciones serán múltiples, y ello será actuar a favor de los trabajadores injustamente despedidos en 1990.
Es así, que en promedio, los 275 trabajadores, destituidos injustamente por el gobierno endarista en 1990 recibirán cada uno B/.363,000.00, claro está, todo dependiendo de los salarios que cada uno de ellos devengaba. Este es un ejemplo que todos los trabajadores destituidos injustificadamente en la actualidad deben imitar y seguir, ya que la ley 25 no sólo destituyó a 275 trabajadores sino a varios cientos de ellos, pero sólo éstos persistieron a todos los obstáculos que encontraron en el camino y lograran un triunfo para la clase trabajadora y una justicia que no les hizo en nuestro país.
Es así que los servidores públicos injustificadamente en la actualidad, deben en primera instancia y en cinco (5) días laborables, interponer el recurso de reconsideración ante cada unidad nominadora de su respectivo empleo.
La Ley da a la unidad nominadora 30 días para resolver dicho recurso. En primera instancia, no cumplen con ese tiempo para que el trabajador desista de su empeño, violando con ello el artículo 41 de la Constitución Nacional y su reglamentación, y segundo que lo más probable que sigan manteniendo el despido injustificado.
Posterior a la negación del recurso de reconsideración, también en 5 días se debe interponer el recurso de apelación ante la Junta Directiva de la Empresa Pública. Nuevamente, la Junta Directiva tiene también 30 días para fallar y si falla en contra se procede a presentar el caso a la Junta de Apelación y Conciliación de Carrera Administrativa.
El último intento en la República de Panamá, solicitando justicia para los servidores públicos injustamente destituidos es ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia. Todos esos pasos fueron seguidos por los trabajadores injustamente despedidos por el gobierno de Endara (a excepción de la Junta de Apelación y Conciliación) y ahora recién que comienza el tercer milenio tendrán la oportunidad de lograr la victoria anhelada, o sea la justicia que no encontraron en su suelo natal.
Lo anterior es un ejemplo digno de imitar y llevar adelante, conjuntamente con las manifestaciones, mítines, paros y huelgas para lograr el objetivo de ser restituidos en sus puestos de trabajo y cancelarles los salarios caídos y las prestaciones debidas. Como dijera Polidoro Pinzón, héroe del Cerro Tute: "Adelante compañeros que lo único que se puede perder es la vida".

101 años de Panamá América

 
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