A los Magistrados del Tribunal Electoral
Con profundo estupor percibo los resultados de las elecciones generales del 2 de mayo de 1999, y especialmente me refiero a la escogencia de los legisladores en los circuitos plurinominales. Muchos profesionales especialistas en Derecho Constitucional y Derecho Electoral, y mucha gente sensata y pensante, han denunciado graves irregularidades que sin lugar a dudas han afectado la pureza del sufragio y de los resultados de las referidas elecciones. Estas situaciones podemos sintetizarlas de la siguiente manera:
1. El uso de los recursos estatales y/o municipales para la captación de votos.
2. El procedimiento ilegal seguido por las Juntas Circuitales de Escrutinio de los circuitos plurinominales al momento de las proclamaciones.
3. El contenido de los decretos reglamentarios del Tribunal Electoral, adverso al espíritu y a la letra de la Constitución Política y del Código Electoral.
4. El rechazo de las impugnaciones por parte del Tribunal Electoral.
Señores Magistrados del Tribunal Electoral, la Asamblea Legislativa, que tomará posesión el día 1 de septiembre de 1999, no refleja el querer de la mayoría del pueblo panameño, lo que representa que en nuestro país no se respetó el 2 de mayo de 1999 la justicia, la democracia, la Constitución, la ley, la legitimidad, la igualdad y la equidad. ¿Cómo es posible que un partido político en un circuito plurinominal haya obtenido un porcentaje muy inferior al 50% de los votos válidamente emitidos y se le haya adjudicado a ese mismo partido la mayoría de las curules legislativas en ese circuito?
¿Cómo es posible que se acepte como correcto el doble conteo de los votos?
Señores Magistrados del Tribunal Electoral, el único ser infalible es Dios, el Sumo Creador de todos los seres vivientes y de todas las cosas que nuestros sentidos puedan o no percibir. La Constitución Política y el Código Electoral, vigentes, han sido infringidos groseramente, lo que convierte en inconstitucionales e ilegales los resultados de las elecciones generales del 2 de mayo de 1999, y nos referimos exclusivamente a los circuitos electorales plurinominales.
Tal vez ustedes piensen o crean que tienen una camisa de fuerza que los amarre y les impida cambiar algunas cosas, pero en aras de que en nuestro país no se dé un clima de inestabilidad y desasosiego que degenere en violencia y en derramamiento de sangre, lo más sano que los Magistrados del Tribunal Electoral deben hacer, por lo menos, es un análisis jurídico, amplio, consistente, detallado, sensato, imparcial, profundo y en conciencia de lo dispuesto en el artículo 141 de la Constitución Política y el artículo 282 del Código Electoral. Una vez hecho este análisis, les pido con el debido respeto y consideración que me digan si los legisladores electos en los circuitos plurinominales el 2 de mayo de 1999 fueron proclamados y ratificados con fundamento en la justicia, la equidad, la moral, la Constitución, la ley, la legitimidad, la democracia y la representatividad del pueblo panameño.
1. El uso de los recursos estatales y/o municipales para la captación de votos.
2. El procedimiento ilegal seguido por las Juntas Circuitales de Escrutinio de los circuitos plurinominales al momento de las proclamaciones.
3. El contenido de los decretos reglamentarios del Tribunal Electoral, adverso al espíritu y a la letra de la Constitución Política y del Código Electoral.
4. El rechazo de las impugnaciones por parte del Tribunal Electoral.
Señores Magistrados del Tribunal Electoral, la Asamblea Legislativa, que tomará posesión el día 1 de septiembre de 1999, no refleja el querer de la mayoría del pueblo panameño, lo que representa que en nuestro país no se respetó el 2 de mayo de 1999 la justicia, la democracia, la Constitución, la ley, la legitimidad, la igualdad y la equidad. ¿Cómo es posible que un partido político en un circuito plurinominal haya obtenido un porcentaje muy inferior al 50% de los votos válidamente emitidos y se le haya adjudicado a ese mismo partido la mayoría de las curules legislativas en ese circuito?
¿Cómo es posible que se acepte como correcto el doble conteo de los votos?
Señores Magistrados del Tribunal Electoral, el único ser infalible es Dios, el Sumo Creador de todos los seres vivientes y de todas las cosas que nuestros sentidos puedan o no percibir. La Constitución Política y el Código Electoral, vigentes, han sido infringidos groseramente, lo que convierte en inconstitucionales e ilegales los resultados de las elecciones generales del 2 de mayo de 1999, y nos referimos exclusivamente a los circuitos electorales plurinominales.
Tal vez ustedes piensen o crean que tienen una camisa de fuerza que los amarre y les impida cambiar algunas cosas, pero en aras de que en nuestro país no se dé un clima de inestabilidad y desasosiego que degenere en violencia y en derramamiento de sangre, lo más sano que los Magistrados del Tribunal Electoral deben hacer, por lo menos, es un análisis jurídico, amplio, consistente, detallado, sensato, imparcial, profundo y en conciencia de lo dispuesto en el artículo 141 de la Constitución Política y el artículo 282 del Código Electoral. Una vez hecho este análisis, les pido con el debido respeto y consideración que me digan si los legisladores electos en los circuitos plurinominales el 2 de mayo de 1999 fueron proclamados y ratificados con fundamento en la justicia, la equidad, la moral, la Constitución, la ley, la legitimidad, la democracia y la representatividad del pueblo panameño.