Reforma a la ley anticorrupción
Aunque la aplaudimos cuando fue adoptada porque representaba al menos un avance en el combate de la corrupción en la administración pública, la Ley 59 de 1999 se quedó substancialmente corta de lo acordado por la República al suscribir la Convención Interamericana contra la Corrupción aprobada por los miembros de la Organización de Estados Americanos. Con el transcurrir del tiempo, sin embargo, llegamos a la conclusión que se había convertido en letra muerta porque no garantizó la transparencia de la declaración de haberes de funcionarios de alta jerarquía, como lo establece el artículo 299 de la Constitución, y porque la Contraloría no ha cumplido con su mandato de investigar los delitos de enriquecimiento injustificado. Pero quizá el golpe de gracia fue propinado cuando el Ministerio Público, producto de una decisión de la Corte Suprema de Justicia, indicó que no podía proceder sin que Contraloría hubiere realizado una investigación y cuando quedó claro que se requería prueba sumaria para que procediera cualquier denuncia.
Por lo anterior vemos con buenos ojos el ejercicio de la facultad constitucional del legislador José Blandón Figueroa al proponer una reforma a la Ley 59 que aspira a subsanar precisamente estas deficiencias y más. El proyecto de ley plantea que además de presentar una declaración de bienes al inicio y al final de su gestión, los funcionarios objeto de la reglamentación tengan que actualizarla anualmente. Esa actualización permitiría identificar oportunamente variaciones en los patrimonios. Pero para que sea eficaz, también deben ponerse a disposición del público las declaraciones (sin prueba de interés legítimo ni otras excusas fabricadas) y establecerse severas sanciones para los casos en que los declarantes falseen la información.
Por otro lado, el proyecto también reconoce formalmente la independencia que existe entre las posibles actuaciones de la Contraloría General de la República y el Ministerio Público. Cada uno, por su lado, quedaría facultado para hacer las investigaciones que consideren apropiadas dentro de sus respectivas competencias y con las herramientas procesales a su disposición. Además, el proyecto de ley reduciría la carga de la prueba inicial que debe cumplir toda denuncia. El estándar actual, la prueba sumaria, es demasiado alto, inalcanzable para el ciudadano común. En su lugar, la propuesta del legislador Blandón permitiría que se presenten denuncias con prueba indiciaria, es decir, sólo con pistas indicativas que puede existir un delito.
A menos que constituya una simple distracción, el hecho que el proyecto de ley proviene de un miembro del partido gobernante pareciera garantizar que será aprobado. Sin embargo, el partido opositor bien podría oponerse por considerarlo una amenaza para el quinquenio que se avecina, el cual consideran casi ganado. Preferimos pensar que se trata de una iniciativa seria y responsable para atacar uno de los principales problemas que afecta a nuestra sociedad y que la oposición sabrá convertir el discurso de su candidato en realidad. Por ellos, confiamos que la reforma se convertirá en Ley de la República, de modo que represente otro avance en la dirección correcta.
*Movimiento Democrático Torrijista.
Por lo anterior vemos con buenos ojos el ejercicio de la facultad constitucional del legislador José Blandón Figueroa al proponer una reforma a la Ley 59 que aspira a subsanar precisamente estas deficiencias y más. El proyecto de ley plantea que además de presentar una declaración de bienes al inicio y al final de su gestión, los funcionarios objeto de la reglamentación tengan que actualizarla anualmente. Esa actualización permitiría identificar oportunamente variaciones en los patrimonios. Pero para que sea eficaz, también deben ponerse a disposición del público las declaraciones (sin prueba de interés legítimo ni otras excusas fabricadas) y establecerse severas sanciones para los casos en que los declarantes falseen la información.
Por otro lado, el proyecto también reconoce formalmente la independencia que existe entre las posibles actuaciones de la Contraloría General de la República y el Ministerio Público. Cada uno, por su lado, quedaría facultado para hacer las investigaciones que consideren apropiadas dentro de sus respectivas competencias y con las herramientas procesales a su disposición. Además, el proyecto de ley reduciría la carga de la prueba inicial que debe cumplir toda denuncia. El estándar actual, la prueba sumaria, es demasiado alto, inalcanzable para el ciudadano común. En su lugar, la propuesta del legislador Blandón permitiría que se presenten denuncias con prueba indiciaria, es decir, sólo con pistas indicativas que puede existir un delito.
A menos que constituya una simple distracción, el hecho que el proyecto de ley proviene de un miembro del partido gobernante pareciera garantizar que será aprobado. Sin embargo, el partido opositor bien podría oponerse por considerarlo una amenaza para el quinquenio que se avecina, el cual consideran casi ganado. Preferimos pensar que se trata de una iniciativa seria y responsable para atacar uno de los principales problemas que afecta a nuestra sociedad y que la oposición sabrá convertir el discurso de su candidato en realidad. Por ellos, confiamos que la reforma se convertirá en Ley de la República, de modo que represente otro avance en la dirección correcta.
*Movimiento Democrático Torrijista.