Revisando la Constitución europea
Los franceses y los holandeses votan hoy y el 1 de junio, respectivamente, sobre la propuesta Constitución europea que, en cualquier caso, confronta muchos obstáculos. El presidente de la República Checa, Vaclav Klaus, se opone en un país donde hay bastante apoyo, mientras que en el Reino Unido es muy difícil que la mayoría vote "sí". Hay tres buenas razones para el escepticismo.
Primero, ha habido muy poco debate sobre la Constitución. La gran mayoría de los europeos ni la han leído ni saben lo que contiene. En parte se debe a su extensión (70 mil palabras) y a su impenetrable lenguaje. Por el contrario, la constitución de Estados Unidos (EU) es 15 veces más corta y fácil de entender. Su principal redactor, James Madison, sabía que "poco servirá que las leyes sean hechas por personas escogidas por el pueblo si resultan tan voluminosas que no las pueden leer o tan incoherentes que no las pueden entender".
Además, el debate actual está tergiversado para favorecer al "sí". Bruselas y los gobiernos nacionales derrochan dinero de los contribuyentes en "campañas de información" a favor de la Constitución y los funcionarios de Bruselas hacen todo tipo de amenazas.
Segundo, la Constitución es imprecisa en cuanto a la división del poder entre Bruselas y los gobiernos nacionales. La Constitución enumera la áreas donde Bruselas tiene competencia "exclusiva", pero añade que la Unión actuará en otras cuando la acción propuesta "por su tamaño o efecto pueda ser mejor lograda a nivel de la Unión".
Problemas similares surgen en las áreas donde la competencia va a ser "compartida" entre Bruselas y los gobiernos nacionales, tales como el mercado interno, seguridad y justicia, agricultura y pesquerías, transporte, energía, política social, cohesión tanto económica como social y territorial, el medio ambiente, protección al consumidor y cuestiones de salud pública. Pero las naciones podrán, a la vez, legislar en áreas compartidas.
Todos los gobiernos intentan ampliar el poder. Por eso la Constitución de EU fue redactada con tanto cuidado. Donde el lenguaje de la constitución es impreciso, las consecuencias son siempre graves.
Tercero, la definición de los derechos individuales en la Constitución europea es muy problemática.
La Carta de Derechos (las primeras diez enmiendas) de la Constitución de EU es, salvo una excepción, una lista de los derechos de los individuos contra el estado y no es una lista de exigencias de servicios a ser provistos por el estado. La excepción es el derecho a juicio con jurado. Por el contrario, la Constitución europea incluye una lista de derechos a servicios provistos por el estado, que incluye, por ejemplo, el derecho a la educación, a servicio de búsqueda de empleo, tiempo de permiso pagado por maternidad, beneficios de seguro social y servicios sociales, ayuda para obtener vivienda, tratamiento médico preventivo, servicios de interés económico general y altos niveles de protección al consumidor y al medio ambiente.
La única forma de resolver los choques entre el derecho al libre movimiento de las personas dentro de la UE y el derecho a los servicios sociales es restringiendo el acceso a esos servicios sociales no por nacionalidad sino por características personales, como número de años trabajando en ese país y el no haber sido condenado por delitos. De no hacerse así, la Unión Europea (UE) se convertirá en un inmenso y armonizado estado de bienestar, relegando a los Estados el mantenimiento del orden, las leyes y la seguridad interna. Los europeos tienen razón en temerle al gobierno en Bruselas, al darle poderes que no estarán biendefinidos. Por lo tanto, los actuales gobiernos nacionales pueden asegurar una mayor protección de la libertad que la Constitución propuesta.
* Niskanen es presidente de la directiva del Cato Institute y Tupy es subdirector del Proyecto de Libertad Económica Global del Cato Institute.
© www. aipenet. com
Primero, ha habido muy poco debate sobre la Constitución. La gran mayoría de los europeos ni la han leído ni saben lo que contiene. En parte se debe a su extensión (70 mil palabras) y a su impenetrable lenguaje. Por el contrario, la constitución de Estados Unidos (EU) es 15 veces más corta y fácil de entender. Su principal redactor, James Madison, sabía que "poco servirá que las leyes sean hechas por personas escogidas por el pueblo si resultan tan voluminosas que no las pueden leer o tan incoherentes que no las pueden entender".
Además, el debate actual está tergiversado para favorecer al "sí". Bruselas y los gobiernos nacionales derrochan dinero de los contribuyentes en "campañas de información" a favor de la Constitución y los funcionarios de Bruselas hacen todo tipo de amenazas.
Segundo, la Constitución es imprecisa en cuanto a la división del poder entre Bruselas y los gobiernos nacionales. La Constitución enumera la áreas donde Bruselas tiene competencia "exclusiva", pero añade que la Unión actuará en otras cuando la acción propuesta "por su tamaño o efecto pueda ser mejor lograda a nivel de la Unión".
Problemas similares surgen en las áreas donde la competencia va a ser "compartida" entre Bruselas y los gobiernos nacionales, tales como el mercado interno, seguridad y justicia, agricultura y pesquerías, transporte, energía, política social, cohesión tanto económica como social y territorial, el medio ambiente, protección al consumidor y cuestiones de salud pública. Pero las naciones podrán, a la vez, legislar en áreas compartidas.
Todos los gobiernos intentan ampliar el poder. Por eso la Constitución de EU fue redactada con tanto cuidado. Donde el lenguaje de la constitución es impreciso, las consecuencias son siempre graves.
Tercero, la definición de los derechos individuales en la Constitución europea es muy problemática.
La Carta de Derechos (las primeras diez enmiendas) de la Constitución de EU es, salvo una excepción, una lista de los derechos de los individuos contra el estado y no es una lista de exigencias de servicios a ser provistos por el estado. La excepción es el derecho a juicio con jurado. Por el contrario, la Constitución europea incluye una lista de derechos a servicios provistos por el estado, que incluye, por ejemplo, el derecho a la educación, a servicio de búsqueda de empleo, tiempo de permiso pagado por maternidad, beneficios de seguro social y servicios sociales, ayuda para obtener vivienda, tratamiento médico preventivo, servicios de interés económico general y altos niveles de protección al consumidor y al medio ambiente.
La única forma de resolver los choques entre el derecho al libre movimiento de las personas dentro de la UE y el derecho a los servicios sociales es restringiendo el acceso a esos servicios sociales no por nacionalidad sino por características personales, como número de años trabajando en ese país y el no haber sido condenado por delitos. De no hacerse así, la Unión Europea (UE) se convertirá en un inmenso y armonizado estado de bienestar, relegando a los Estados el mantenimiento del orden, las leyes y la seguridad interna. Los europeos tienen razón en temerle al gobierno en Bruselas, al darle poderes que no estarán biendefinidos. Por lo tanto, los actuales gobiernos nacionales pueden asegurar una mayor protección de la libertad que la Constitución propuesta.
* Niskanen es presidente de la directiva del Cato Institute y Tupy es subdirector del Proyecto de Libertad Económica Global del Cato Institute.
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