Un vergonzoso e ilegal proceder
El martes 24 de agosto pasado, en horas de la tarde, recibimos llamada telefónica del ex Ministro del MIVI, el Lic. Gerardo Solís, que firmó la Resolución de cambio de código de zonificación de las fincas donde se edifica el Edificio The Millenium, y con tono ofendido, entre otras cosas, nos dijo lo siguiente: "Lo estoy llamando con el debido respeto a pesar de que usted no me dispensó ese trato en su artículo. No acostumbro contestarle a los periodistas pero me han llamado amistades y familiares míos a quienes yo si les debo una explicación de mis actos y creo que está bien lo que usted hace por cuanto a que este tipo de artículos mantiene a los funcionarios con sus barbas en remojo. En efecto, yo no cumplí con la Resolución 213-93 del 29 de octubre de 1993 y no cumplí con esa resolución porque esa resolución está derogada desde hace cuatro años, antes de que yo llegara al ministerio y fue derogada mediante la Resolución 171-94 del 28 de diciembre de 1994. No se publicó en la Gaceta Oficial el cambio de zonificación que efectué porque eso sólo rige para el Comité Técnico que está derogado. Quiero entonces que usted sepa que lo que yo hice no fue ni por influencia, ni por tráfico ni por corrupción porque yo si pienso que una inversión millonaria, en cualquier lugar del país, no se debe detener."
Prometimos al ex Ministro del MIVI investigar la certeza de lo que nos había comunicado y nos comprometimos a divulgar el resultado de dicha investigación, tal como nos disponemos hacerlo a continuación.
En el proceso de la investigación realizada no nos fue viable determinar la Gaceta Oficial en la que fue publicada la Resolución N° 171-94 del 28 de diciembre de 1994, que según el ex Ministro Solís derogó la Resolución N° 213-93 del 28 de Octubre de 1993, por lo que le envié un fax solicitándole me proporcionara esa información. No recibimos respuesta.
Al día siguiente, el viernes 27 de agosto, un distinguido jurisconsulto, afectado también por este cambio ilegal de código de zonificación, nos dio cuenta de que la Resolución mencionada por el ex Ministro del MIVI acababa de ser publicada en la Gaceta Oficial N° 23,872 del 26 de agosto de 1999.¿Qué les parece, apreciados lectores?. Para tratar de subsanar la ilegalidad cometida corrieron a publicar la Resolución N° 171-94 del 28 de diciembre de 1994, casi cinco años después de haberse dictado, como si con eso fuesen a legitimar el ilegal cambio de código de zonificación del edificio The Millenium. Recomendamos al ex Ministro del MIVI la lectura del artículo 167 de la Constitución Nacional sobre la promulgación de las leyes y desde cuándo éstas entran a regir. Dice así el artículo 167 de la Constitución Nacional en lo pertinente a la promulgación y vigor de las leyes: "Toda Ley será promulgada dentro de los seis días hábiles que siguen al de su sanción y comenzará a regir desde su promulgación, salvo que ella misma establezca que rige a partir de una fecha posterior. La promulgación extemporánea de una Ley no determina su inconstitucionalidad." La publicación de la Resolución 171-94 del 28 de diciembre de 1994 en la gaceta Oficial N° 23,872 del 26 de agosto de 1999, sólo surte efecto a partir de la fecha en que fue publicada en la Gaceta Oficial, es decir, desde el pasado jueves 26 de Agosto 1999 lo que significa que la Resolución 213-93 del 28 de Octubre de 1993 estaba vigente cuando el ex Ministro del MIVI cambió el código de zonificación a las fincas donde se construye el edificio The Millenium y por lo tanto debió haber cumplido el procedimiento que señalan los artículos 13 y 14 de dicha Resolución entre los cuales está la publicación durante una semana, en tres días distintos, un anuncio sobre la celebración de la audiencia; informar a los vecinos inmediatamente adyacentes al lote o lotes afectados y a los del área de influencia sobre los pormenores de la audiencia; permitir la participación ordenada y reglamentada de las personas residentes en el área de influencia que deseen manifestarse acerca del cambio de zonificación bajo evaluación y la publicación en la Gaceta Oficial, en un plazo no mayor de tres días, de una resolución indicando la decisión final, etc. No se cumplieron ninguno de estos requerimientos de la ley y todo se hizo en petit comité.
Habida cuenta de esta situación enviamos otro fax al ex Ministro del MIVI con el siguiente texto: "En adición a mi fax de ayer tarde le comunico que ya no es necesario que usted me indique cuándo fue publicada la resolución 171-94 del 28 de diciembre de 1994 por cuanto a que ya lo pude constatar". "Es increíble, Lic. Solís. No fue sino hasta ayer, después de mi escrito del domingo 22 de agosto donde comento la situación, que se promulga la aludida Resolución. Lo anterior parece demostrar que estaba en lo cierto cuando afirmé que usted procedió apartado de la ley ya que cuando resolvió lo del cambio de zonificación de las fincas donde se edifica The Millenium, estaba vigente la Resolución N° 213-93 del 29 de Octubre de 1993 que usted me comunicó no cumplió por estar derogada."
Así las cosas es evidente que el cambio de código de zonificación del edificio The Millenium es ilegal pues no se siguió el procedimiento establecido por la ley y corresponde entonces al nuevo Ministro, declarar nulo el cambio de zonificación concedido en condiciones ilegales y a la Dirección de Obras y Construcciones Municipales, específicamente a su Director General, suspender la obra en virtud del artículo 83 del Acuerdo Municipal N° 116 del 9 de julio de 1996 que así lo dispone cuando se violan flagrantemente disposiciones de Desarrollo Urbano, como es el caso que nos ocupa.
Prometimos al ex Ministro del MIVI investigar la certeza de lo que nos había comunicado y nos comprometimos a divulgar el resultado de dicha investigación, tal como nos disponemos hacerlo a continuación.
En el proceso de la investigación realizada no nos fue viable determinar la Gaceta Oficial en la que fue publicada la Resolución N° 171-94 del 28 de diciembre de 1994, que según el ex Ministro Solís derogó la Resolución N° 213-93 del 28 de Octubre de 1993, por lo que le envié un fax solicitándole me proporcionara esa información. No recibimos respuesta.
Al día siguiente, el viernes 27 de agosto, un distinguido jurisconsulto, afectado también por este cambio ilegal de código de zonificación, nos dio cuenta de que la Resolución mencionada por el ex Ministro del MIVI acababa de ser publicada en la Gaceta Oficial N° 23,872 del 26 de agosto de 1999.¿Qué les parece, apreciados lectores?. Para tratar de subsanar la ilegalidad cometida corrieron a publicar la Resolución N° 171-94 del 28 de diciembre de 1994, casi cinco años después de haberse dictado, como si con eso fuesen a legitimar el ilegal cambio de código de zonificación del edificio The Millenium. Recomendamos al ex Ministro del MIVI la lectura del artículo 167 de la Constitución Nacional sobre la promulgación de las leyes y desde cuándo éstas entran a regir. Dice así el artículo 167 de la Constitución Nacional en lo pertinente a la promulgación y vigor de las leyes: "Toda Ley será promulgada dentro de los seis días hábiles que siguen al de su sanción y comenzará a regir desde su promulgación, salvo que ella misma establezca que rige a partir de una fecha posterior. La promulgación extemporánea de una Ley no determina su inconstitucionalidad." La publicación de la Resolución 171-94 del 28 de diciembre de 1994 en la gaceta Oficial N° 23,872 del 26 de agosto de 1999, sólo surte efecto a partir de la fecha en que fue publicada en la Gaceta Oficial, es decir, desde el pasado jueves 26 de Agosto 1999 lo que significa que la Resolución 213-93 del 28 de Octubre de 1993 estaba vigente cuando el ex Ministro del MIVI cambió el código de zonificación a las fincas donde se construye el edificio The Millenium y por lo tanto debió haber cumplido el procedimiento que señalan los artículos 13 y 14 de dicha Resolución entre los cuales está la publicación durante una semana, en tres días distintos, un anuncio sobre la celebración de la audiencia; informar a los vecinos inmediatamente adyacentes al lote o lotes afectados y a los del área de influencia sobre los pormenores de la audiencia; permitir la participación ordenada y reglamentada de las personas residentes en el área de influencia que deseen manifestarse acerca del cambio de zonificación bajo evaluación y la publicación en la Gaceta Oficial, en un plazo no mayor de tres días, de una resolución indicando la decisión final, etc. No se cumplieron ninguno de estos requerimientos de la ley y todo se hizo en petit comité.
Habida cuenta de esta situación enviamos otro fax al ex Ministro del MIVI con el siguiente texto: "En adición a mi fax de ayer tarde le comunico que ya no es necesario que usted me indique cuándo fue publicada la resolución 171-94 del 28 de diciembre de 1994 por cuanto a que ya lo pude constatar". "Es increíble, Lic. Solís. No fue sino hasta ayer, después de mi escrito del domingo 22 de agosto donde comento la situación, que se promulga la aludida Resolución. Lo anterior parece demostrar que estaba en lo cierto cuando afirmé que usted procedió apartado de la ley ya que cuando resolvió lo del cambio de zonificación de las fincas donde se edifica The Millenium, estaba vigente la Resolución N° 213-93 del 29 de Octubre de 1993 que usted me comunicó no cumplió por estar derogada."
Así las cosas es evidente que el cambio de código de zonificación del edificio The Millenium es ilegal pues no se siguió el procedimiento establecido por la ley y corresponde entonces al nuevo Ministro, declarar nulo el cambio de zonificación concedido en condiciones ilegales y a la Dirección de Obras y Construcciones Municipales, específicamente a su Director General, suspender la obra en virtud del artículo 83 del Acuerdo Municipal N° 116 del 9 de julio de 1996 que así lo dispone cuando se violan flagrantemente disposiciones de Desarrollo Urbano, como es el caso que nos ocupa.