Cada vez el tema del Carnaval tableño genera más expectativas y este martes se logró conocer que el Juzgado de Circuito de la provincia de Los Santos, a través del edicto N° 875 no concedió el amparo de garantías constitucionales interpuesto por la sociedad de Calle Abajo Tableño.
En horas de la mañana se logró conocer que mediante mediante el auto N° 1486 del 28 de diciembre de 2015, se aceptaba tramitarlo, pero a eso de las 4:00 p.m. de este mismo martes se establece en la sentencia N° 66 que No Concede la acción del amparo de garantías, es decir que este fue el fallo final del juez, César Morcillo.
Este problema hasta ahora ha sido en derecho, todo basándose en documentos y certificaciones legales.