SENTENCIA**La Corte Suprema de Justicia declaró en fallo mayoritario, con dos salvamentos de voto, que las intercepciones y grabaciones de las comunicaciones privadas, sólo pueden ordenarse por un Juez de la República.
SALVAMENTO**Los magistrados disidentes sustentaron que son muchas las normas en la constitución, que dan al Ministerio Público el trato de autoridad judicial, por lo que han diferido de la interpretación restrictiva de la mayoría.
PRETENSION**Se trata de diferencias en la interpretación y la mayoría de la Corte se ha inclinado por una de ellas. Ello de ninguna manera puede dar pie al pretendido procesamiento penal de la Procuradora General de la Nación.