Cifras
- 4 son las salas que funcionan en la Corte Suprema de Justicia de Panamá.
- 9 son los magistrados que integran la máxima casa de justicia del país.
Como “puro cuento y puro humo” calificó el presidente de la República, Ricardo Martinelli, los comentarios que afirman que la democracia corre riesgo y que la institucionalidad se ha debilitado.
Esto luego de la suspensión por parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), de una resolución del Tribunal Electoral (TE), mediante la cual prohibía la difusión de una propaganda contra el candidato presidencial del Partido Revolucionario Democrático (PRD).

“Panamá es una nación democrática, con un funcionamiento pleno de sus instituciones y con reglas del juego claras que son apreciadas y destacadas por todos los países del mundo”, destacó.
El mandatario llamó a no dejarse llevar por “cuentos de sirenas de algunos que quieren ver errores donde hay acierto, que quieren ver inseguridad donde hay certeza y seguridad”.

Agregó que siempre ha apoyado al TE, 100%, y que nunca le ha faltado ni un solo “real” durante su administración.
Martinelli afirmó que su mayor satisfacción, el 4 de mayo del próximo año, será entregar el poder al que gane las elecciones, con la certeza de la labor cumplida.

Garantizó que entregará la banda presidencial a quien resulte vencedor en elecciones libres, claras, transparentes y controladas por el Tribunal Electoral.
Las palabras del presidente se dieron durante la inauguración de la nueva sede del Tribunal, en cuyos predios se encontraban varios manifestantes que gritaban consignas para tratar de entorpecer el acto.
Ante esta situación, Martinelli inició su discurso ofreciendo disculpas a los representantes de organizaciones electorales de otros países de la región que se encuentran en Panamá, por lo que calificó como “un espectáculo bochornoso”.
Antes, el magistrado presidente del TE, Erasmo Pinilla, declaró que nunca antes había sentido tan amenazada la democracia política.
Sobre las diferencias con el Órgano Judicial, el presidente de la corporación electoral expresó que sus magistrados “deben ser los primeros en respetar la separación de poderes”.
Temporal
Ayer, el magistrado presidente de la CSJ, Alejandro Moncada Luna, dejó claro que la suspensión de los efectos de la Resolución S/N de fecha de 8 de octubre de 2013 emitida por el magistrado Erasmo Pinilla, es de forma provisional.
En un comunicado, Moncada Luna destacó que "por el respeto que merece la opinión pública, aclara a la ciudadanía en general, que la medida dictada el pasado 31 de octubre de 2013, es eminentemente provisional y no decide el fondo de la controversia, es decir, no constituye un criterio final o determinante para el pronunciamiento de fondo”.
Agregó que corresponde al magistrado ponente del proceso antes citado, darle, como en efecto se le está dando, el curso correspondiente a la demanda, hasta llevarla al estado de resolver, lo cual se hará de forma expedita, donde la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia determinará, si la resolución demandada violenta o no la protección de los derechos humanos, de quienes han interpuesto la misma.
En un comunicado, los magistrados del TE plantearon que "este es un día triste y funesto para nuestra democracia, y vemos en peligro la próxima contienda electoral que debe culminar el 4 de mayo de 2014".
Destacó Pinilla que el Tribunal Electoral considera necesario hacer del conocimiento público la gravísima situación que enfrenta el país, como consecuencia de la actuación de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, al haber decidido suspender una resolución de este Tribunal en un proceso puramente electoral, en el que se ordenó la suspensión de una propaganda pautada por la persona jurídica “Asociación Panamá Avanza”.
Agregaron que "el precedente que pretende establecer la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia en este caso, pone en peligro la estabilidad y seguridad jurídica del proceso electoral en el que estamos ya inmersos, violando normas expresas y claras de nuestra Constitución, porque cualquier decisión electoral del único tribunal competente, puede quedar ahora sujeta a la intervención de la Sala Tercera de la Corte, que carece de competencia para intervenir o incidir en la toma de decisiones sobre materia electoral, impidiendo que el Tribunal Electoral pueda cumplir con su mandato constitucional y legal".
Doble error
En tanto, el exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia Edgardo Molino Mola calificó como de incorrecta la decisión del Tribunal Electoral en eliminar dicha cuña política.
“Ese anuncio no tenía nada de desprestigio en contra de este candidato”, destacó Molino Mola al referirse a la cuña de la hoja en blanco que envía el mensaje de que el abanderado por el Partido Revolucionario Democrático (PRD), Juan Carlos Navarro, no hizo nada durante su gestión en la Alcaldía de Panamá.
Opinó que esta situación se hubiese solucionado fácilmente si Navarro hubiese contestado mencionando las obras que hizo durante su labor en la Alcaldía, por tal motivo dijo que “la cuña era totalmente legítima”.
Sin embargo, reconoció que el presidente de la Corte cometió un error al decidir una demanda contencioso administrativa en contra del Tribunal Electoral.
“Hay una norma en la Constitución que establece que el único recurso que cabe contra las decisiones del Tribunal Electoral es un recurso de inconstitucionalidad que debe atender el Pleno”, dijo Molino Mola.
Mientras que el constitucionalista y exdefensor del Pueblo Ítalo Antinori expresó que todo parece indicar que la decisión de la Corte fue el producto de una mala interpretación del artículo 142 de la Constitución Política de Panamá.
“Algunos han llegado a pensar que el artículo 142 de la Constitución Política coloca al Tribunal Electoral bajo el paraguas de la Corte Suprema de Justicia”, planteó.
Explicó Antinori que es cierto que la Corte Suprema es la máxima corporación de justicia y no el Tribunal Electoral, pero destaca que ambas instituciones tienen competencias delimitadas en la Constitución Política de la República.
“Ni la Corte puede invadir las facultades propias y privadas que la Constitución le ha otorgado, ni el Tribunal Electoral puede ejercer facultades exclusivas que le corresponden al Pleno”, agregó Antinori.
Dijo que el artículo 142 lo que establece es la facultad administrativa que tiene la Corte para nombrar a uno de los tres magistrados del Tribunal Electoral.
Mediante un comunicado, la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP) lamentó que la Sala Tercera de la CSJ “intervenga en temas que no son de su competencia, al suspender una resolución dictada por el TE, cuando constitucionalmente se establece que las decisiones electorales de este tribunal son definitivas, irrevocables y obligatorias”.
En el documento, la CCIAP pide que “los órganos del Estado cumplan con los preceptos constitucionales, a fin de que el país tenga la certeza del principio de legalidad que tiene que prevalecer en cualquier democracia”.
El presidente de la CCIAP, José Luis Ford, dijo que después de examinar el fallo de la CSJ han concluido que el mismo es institucional. “Denota una institución que se ha inmiscuido en la otra”, añadió.
El presidente de la CCIAP manifestó que esta situación no es cónsona con el desarrollo empresarial que vive Panamá, pues contribuye a crear un clima de inestabilidad para los inversionistas.