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Propietarios deben fijar cuotas de mantenimiento en Asamblea

El monto de la cuota de gastos comunes en edificios incorporados al régimen de Propiedad Horizontal (PH) se fija generalmente por el promotor del proyecto, pero puede


REDACCION / PANAMA AMERICA

El monto de la cuota de gastos comunes en edificios incorporados al régimen de Propiedad Horizontal (PH) se fija generalmente por el promotor del proyecto, pero puede ser modificado por la Asamblea de Propietarios con el voto afirmativo de las dos terceras partes de los dueños de propiedades, los que deben representar a la vez no menos del 75% del valor de la propiedad horizontal o edificio.


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861087
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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