Podrán participar los cantantes y autores que sean panameños de nacimiento o nacionalizados que residan en Panamá.
Ser mayores de edad.
Las canciones deberán ser inéditas, escritas por autores panameños, con tema libre, guardando el respeto a los valores morales y de género musical tradicional, con una duración de 3 minutos 30 segundo como máximo.
Los autores de las canciones deberán firmarlas con un seundónimo.
Los formularios de inscripción podrán retirarse en la UNAP (edificio Poly, 5 piso, Avenida Justo Arosemena) de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. o en las emisoras locales o regionales que la UNAP autorice.
La canción debe ser grabada en cassette o disco compacto, con acompañamiento de guitarra o piano y cantada por el intérprete que irá al concurso, más original y cinco copias de la letra.
La documentación deberá entregarse en sobre sellado y debidamente consignado en las oficinas de la UNAP. En el exterior del sobre deberá aparecer Tercer Festival Nacional del Intérprete y la Canción, el título de la canción y el seudónimo del autor.
El reglamento establece, además, que:
No podrán concursar los miembros participantes y suplentes del Consejo Ejecutivo de la UNAP, ni los parientes de éstos hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
Un intérprete no podrá participar en dos o más canciones.
El premio al mejor intérprete será de B/.500.00 (quinientos balboas) más la placa de reconocimiento y un premio de B/.500.00 (quinientos balboas) más placa de reconocimiento a la mejor canción.
Los autores y compositores de las 10 canciones finalistas cederán a la UNAP los derechos de autor para grabación de cuñas comerciales, promoción en televisión o cualquier medio de comunicación si así se requiera.
La PTJ investiga las denuncias relacionadas con derecho de autor. El Panamá América trató de entrevistar al jefe de la sección de Derecho de Autor, Arnulfo Frías, pero pese a múltiples citas nunca nos atendió.
Su asistente, el detective Franklin Abrego, dijo que su misión es recabar toda la información que ayude al esclarecimiento del caso.
En el caso de derechos conexos y derechos de autor, no necesariamente tiene que haber una denuncia, se puede actuar de oficio, afirmó.
Aseguró que las que más se presentan son las de derecho de autor, derecho conexos o contra la propiedad industrial.
En cuanto a la piratería de videogramas o fonogramas ( CD de música o película), realizan pesquisas en la calle, reciben denuncias y pueden actuar de oficio.
Sin embargo, Abrego no quiso explicar qué tipo de personas se dedican a la piratería, si son grandes empresas o chicas, a lo que respondió que cualquier información podría dañar las investigaciones.
La ley de derecho de autor protege desde canciones, poemas, obras de arte caricaturas, planos, afiches, y otros.
El derecho de autor no se pierde, solo que después de 10 años se hace de dominio público.
La ley de protección de derecho de autor y propiedad intelectual, abrió las puertas a Panamá en la OMC.