¿Qué tienen en común el Puerto de Manzanillo, el puerto de contenedores de Coco Solo, el proyecto del Aeropuerto de France Field, Central American Line, Colon Port Terminal y la Kansas City? Todos se encuentran ubicados dentro de terrenos que no son propiedad de las empresas ni del Estado.
Se trata de un caso controvertido de propiedad de tierras por más de 85 años en disputa y en el que han intervenido cuatro generaciones de Emiliani. Ellos no se fatigan de reiterar que poseen títulos de propiedad de los terrenos donde están actualmente emplazados un puerto de contenedores, un puerto de cruceros, el ferrocarril y exigen una indemnización con precios actualizados al día de hoy.
Romano Emiliani, adquirió sus tierras durante la época en que Panamá era un departamento de Colombia. Fue un inmigrante italiano que echó raíces en nuestro país y tronco de un vasto grupo de familias, a la que pertenece monseñor Rómulo Emiliani, uno de los herederos de las tierras en proceso de reclamación. El Tratado o Convención del Canal Istmico de 18 de noviembre de 1903, reconoció los derechos adquiridos con anterioridad, así como también, el derecho a una justa compensación de todos aquellos propietarios de tierras o de propiedades particulares de cualquier clase que fueran afectados con motivo de las concesiones contenidas en el mismo para la construcción, mantenimiento, saneamiento y protección del Canal de Panamá.
Además, dispuso que esa justa compensación debía ser determinada por una Comisión Mixta de Tierras y pagada únicamente por los Estados Unidos. Mediante ese Tratado Panamá también concedió a los Estados Unidos la jurisdicción dentro de lo que se conoció como la Zona del Canal; por eso sólo las cortes de ese país podían administrar justicia dentro de ese territorio. Romano Emiliani le ganó un pleito a los Estados Unidos en una de sus propias cortes en la Zona del Canal; y mediante sentencia de 26 de febrero de 1921.
Romano Emiliani fue desposeído de sus tierras después de 1916, cuando ya el Canal estaba construido y funcionando, sin el pago de una compensación. Al no conseguir que conforme a lo dispuesto por el Tratado, la familia Emiliani puso el reclamo de su indemnización ante el Congreso de los Estados Unidos.
En 1942 el Congreso reconoció como válida la reclamación de los Emiliani y su derecho a esa justa compensación; pero el Ejecutivo de los Estados Unidos se negó a pagarla. Durante las negociaciones de los Tratados Torrijos- Carter de 1977, la familia Emiliani exigió al Gobierno panameño la inclusión de su reclamo en la agenda de negociaciones.
Los negociadores norteamericanos reconocieron la validez del reclamo de los Emiliani, pero obligaron a Panamá a liberarlos del pago de esa justa compensación, porque, según ellos, lo justo era que Panamá devolviera las tierras o si se quería quedar con ellas, pagara esa justa compensación.
Panamá aceptó ese argumento y se hizo entonces responsable del pago de la misma o de la devolución de sus tierras a la familia Emiliani. En 1980, durante el gobierno de Aristides Royo, el Estado panameño reconoció el derecho de la familia Emiliani a la compensación, pero no sólo no la ha pagado sino que en lugar entonces de haberle devuelto sus tierras a los Emiliani, lo que ha hecho es incorporarlas al Patrimonio de la Nación y ha estado disponiendo de ellas como si fuera dueño absoluto de las mismas, denunció Antonio Stanziola, bisnieto de Rómulo Emiliani.
"Nada que no haya sido el pago de esa justa compensación; ni el tiempo (prescripción), ni la firma de un nuevo Tratado, puede haber invalidado los títulos y derechos de los sucesores de Romano Emiliani en y sobre dichas tierras", dijo Stanziola.