Economía

Ley impedirá emisiones desde paraísos fiscales


Las entidades financieras españolas no podrán emitir participaciones preferentes desde paraísos fiscales para captar recursos, según un proyecto legislativo aprobado ayer en el Congreso (Cámara Baja del Parlamento).
Los bancos, cajas de ahorros y demás entidades de crédito no podrán emitir este tipo de participaciones, títulos similares a las acciones que dan derechos económicos pero no políticos, aunque sí podrán seguir utilizando este sistema el resto de empresas.
Así consta en el Proyecto de Ley sobre prevención de blanqueo de capitales aprobado por la Comisión de Economía del Congreso español, que será remitido al Senado, Cámara Alta, para que dé su visto bueno.
La nueva regulación fue aprobada con los votos del mayor partido de la oposición, el socialista (PSOE), y de la formación nacionalista catalana CiU, que habían llegado a un acuerdo previo, y con la abstención del gubernamental Partido Popular.
La portavoz socialista, María Teresa Costa, explicó que con esta medida se pretende evitar que los recursos propios de primera categoría de la banca provengan de paraísos fiscales. También se intenta propiciar que las entidades opten por las ampliaciones de capital en bolsa, es decir emitir más acciones.
Costa explicó que la norma sólo se ha impuesto para las entidades de crédito porque los recursos conseguidos con estos instrumentos financieros sirven a la banca para aumentar su nivel de solvencia, lo que no ocurre en el resto de sociedades.
222 Los emisores estarán obligados a informar de su puesta en circulación y de los suscriptores finales a la Agencia Tributaria.
Además, aseguró que estas emisiones se autorizaron en los años 80 para que el sistema financiero pudiese conseguir recursos propios en momentos en que atravesaba una situación muy dura, con varias quiebras bancarias y sin que España perteneciese a la Unión Europea. La diputada socialista destacó que esta situación ha cambiado y ahora "se está haciendo una utilización inadecuada de la ley" y, por eso, ha de ser modificada.
Sin embargo, se debe mantener la flexibilidad de las entidades financieras para captar recursos propios, sobre todo de las cajas de ahorros que no cotizan en Bolsa. Las participaciones preferentes deberán emitirse en España o algún país de la Unión Europea, cotizarán en mercados secundarios organizados y no podrán suponer más del 30 por ciento de los recursos propios básicos del grupo emisor.
Costa explicó que este límite se ha impuesto de acuerdo con los principios del Banco de España, organismo emisor. Los emisores de participaciones estarán obligados a informar de su puesta en circulación y de los suscriptores finales a la Agencia Tributaria, organismo fiscal de recaudación de impuestos, y a las entidades encargadas de la supervisión financiera.
El proyecto establece, entre otras novedades, que todas las personas físicas y jurídicas deberán declarar cualquier movimiento de fondos en España que supere los 81,500 euros (86,390 dólares), y de salida al exterior superior a 10,000 euros (10,600 dólares).


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101 años de Panamá América

 
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