El Decreto Ejecutivo N° 321 del 13 de julio de 2015, que reglamenta el procedimiento a seguir en el trámite de modificaciones al Presupuesto General del Estado, mediante los traslados de partidas que realiza el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Dirección de Presupuesto de la Nación, fue publicado en Gaceta Oficial N° 27841-A.
La reglamentación propuesta por el MEF para mejorar los traslados de partidas de gastos del Presupuesto General del Estado y avalada por la Presidencia de la República, se hizo con el propósito de subsanar los vacíos existentes en el sistema vigente y para identificar debidamente a los funcionarios responsables de autorizar estos trámites.
“Este Decreto Ejecutivo establece claramente quiénes son los funcionarios responsables para otorgar la no objeción de cada caso”, informó el ministro de Economía y Finanzas, Dulcidio De La Guardia.
A partir de ahora, el Director de Presupuesto de la Nación es quien otorgará la no objeción de los traslados de partidas de hasta 300 mil balboas, al viceministro de Economía le corresponderá autorizar aquellos de hasta 3 millones de balboas y al ministro de Economía y Finanzas los que son superiores a los 3 millones de balboas.
De acuerdo con el Decreto N° 321, las solicitudes de los traslados de partidas de gastos emanan de las entidades públicas, las cuales deben explicar al MEF las razones que justifican cada trámite. Y dichas solicitudes deberán ser firmadas por el “representante legal” de cada institución.
Una vez que las solicitudes de traslados de partidas llegan al MEF, son gestionadas por la Dirección de Presupuesto de la Nación, que es la encargada de revisarlas y verificar la viabilidad de sus trámites, siempre que cumplan con las disposiciones señaladas en las Normas Generales de Administración Presupuestaria vigentes.