Ya no es obligación que los conductores tengan la póliza de seguro en el carro
El superintendente de Seguros y Reaseguros de Panamá, José Joaquín Riesen, expresó que desde hace un año la ATTT emitió un Decreto que básicamente le permite al ciudadano no portar la póliza de automóvil, gracias a que ya se tiene la información.
- Clarissa Castillo
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- - Actualizado: 17/6/2019 - 10:45 am
La plataforma del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) tiene a la fecha todas las pólizas de seguros de automóvil cargadas por lo que ya no es obligatorio que los conductores la lleven en el auto.
El superintendente de Seguros y Reaseguros de Panamá, José Joaquín Riesen, expresó en el noticiero matutino de Telemetro Reporta que desde hace un año la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) emitió un Decreto que básicamente le permite al ciudadano no portar la póliza de automóvil, gracias a que ya se tiene la información en las boleteras electrónicas.
Si el ciudadano no la porta, la entidad introduce el número de la placa en la billetera electrónica y le aparece un semáforo rojo si incumple o verde si está al día, es decir ya no pueden multar al conductor si no la porta consigo.
"En la póliza aparece la dirección de la residencia, teléfono, nombre completo y si se da un secuestro o robo del vehículo tienen toda esa información en la guantera", indicó Riesen.
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Desde el 18 de junio de 2018, se verifica la vigencia de la póliza de seguro del vehículo, mediante la aplicación informática, corroborando que todo conductor cumpla con la obligación de contar con una póliza de seguro que esté vigente.
Los usuarios también pueden confirmar de manera formal la vigencia de las pólizas de seguro a través de la plataforma de consulta del SOAT que está disponible desde el APP Inspector Ciudadano al inicio en "CONSULTAR PÓLIZA" para celulares con sistemas operativos Android e IOS (iPhone), o en los sitios web de la SSRP y de la ATTT.
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Desde hace más de 8 años ha existido la obligatoriedad de poseer una póliza de seguro vigente para accidentes de tránsito por daños contra terceros, según lo mandata el Decreto Ejecutivo No. 126-A de 2 de marzo de 2011, que reglamenta la Ley 21 de 28 de mayo de 2010, que dicta medidas sobre accidentes de tránsito menores en las vías públicas del país, modifica y adiciona el Reglamento de Tránsito Vehicular de la República de Panamá.
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