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Derecho a legítima defensa no tiene límites, dicen abogados

Un abogado planteó que recursos como amparos y Hábeas corpus vienen desde la Constitución de 1941 y si es por cambiarlos habría que modificar la Carta Magna.

Francisco Paz - Actualizado:

Las palabras de la presidenta de la Corte se dieron en una actividad internacional en la USMA. Foto: Cortesía Órgano Judicial

Todavía resuena en el ambiente, las palabras amenazantes de la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, María Eugenia López, de que si fuera por ella revocara la licencia a los abogados que ejercen su derecho legítimo a la defensa con la presentación de recursos.

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Un abogado que reaccionó fue Jorge Torregrosa que está sorprendido de que sea la presidenta del Órgano Judicial la que haya emitido “semejante comentario”.

“Los abogados, por su deber fundamental de garantizar que se le respeten todos los derechos a sus clientes, tienen a su haber una serie de recursos que la ley establece y permite”, sostuvo.

Agregó que por esto es que el sistema de justicia está estructurado en tal forma que existen tres instancias que te permiten accionar en determinadas formas y en determinados momentos.

Torregrosa manifestó que si es por dilatación de procesos, las palabras de López, también tienen que ir dirigidas al Ministerio Público, ya que  hay fiscales que “de forma alegre”, emiten prácticas dilatorias para perjudicar a determinados causas.

Los hemos visto en todos estos años, en donde los fiscales, solo por el hecho de querer extender los procesos, apelan y se van a otras instancias, inclusive, hasta la propia Corte Suprema de Justicia”, comentó en entrevista a Nex Noticias.

Torregrosa reflexionó en que, si a todos los ciudadanos no se les garantiza el accionar frente a derechos que consideren vulnerados, “no estamos ante un Estado de derecho”.

Por su parte, el abogado Guillermo Ríos tampoco comparte el criterio de la magistrada, porque los códigos no establecen un tope y es un derecho legítimo que tienen los profesionales del derecho.

“Las garantías constitucionales del país en su gran mayoría se establecieron en la Constitución de 1941 y fueron institutos garantistas que se crearon para que no haya reparo ni límites y hay que recordar que todos esos puestos son transitorios”, dijo Ríos en entrevista al portal noticioso Dumas Informa.

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