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Explican los peligros de aplicar la ley de extinción de dominio en Panamá

El jurista indicó que lo primero que se le ha dicho a la gente sobre este tema, es que la ley en mención es necesaria para poder quitarle los bienes a los narcotraficantes.

Luis Ávila - Actualizado:

Explican los peligros de aplicar la ley de extinción de dominio en Panamá

Alfredo Vallarino, presidente de la Asociación Panameña de Abogados Penalistas (APAP), realizó fuertes cuestionamientos sobre el proyecto de ley 625, el cual trata sobre la extinción de dominio, la que ha sido vendida por las autoridades como la solución al problema del crimen organizado que vive en el país.

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El jurista indicó que lo primero que se le ha dicho a la gente sobre este tema, es que la ley en mención es necesaria para poder quitarle los bienes a los narcotraficantes.

“Yo me leí ese proyecto de ley de extinción de dominio y por ningún lado se menciona la palabra narcotráfico en ninguno de sus artículos”, explicó.

Agregó que sí se le dijera a las personas que ese proyecto sería para quitarle las cosas a los narcotraficantes, él sería el primero que la aplaudiría y segundo les indicaría que no tendrían que complicarse la vida tanto, ya que la ley les permite hacer eso.

“Yo no puedo tener a ningún fiscal que se para delante mío y me diga que la ley no le permite eso. Si usted agarra actualmente a un narcotraficante, lo agarra con drogas y sin ellas, pero logra probar su vinculación, la ley le permite el comiso de sus bienes ilícitos”, expresó.

Vallarino agregó que está ley tiene un grave peligro, pues en la esfera penal para que a una persona le quiten sus bienes, esta tiene que salir responsable del delito, sin embargo, con la extinción de dominio se habla de actividad ilícita según lo determine el juez.

“Dentro de está ley de extinción de dominio ni siquiera se define el delito, ya que cuando usted habla de un delito tiene que enmarcarlo o encajarlo dentro de un catálogo de delitos”, sentenció.

Otro de los defectos que tiene esta ley, según el abogado, es que al no existir un catálogo de delitos, esto queda a criterio del juez de extinción de dominio.

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También se habla de que la misma tiene efectos retroactivos, lo que quiere decir que si la aprueban, la misma se puede aplicar hacia atrás, algo muy diferente al Derecho Penal, el cual habla de que si a una persona se le acusa de un delito, el mismo tiene que defenderse y probar si es inocente o no.

“Cuando se habla de esta ley de extinción de dominio, la misma no se aplica sobre la persona, sino contra sus bienes, es decir contra su casa, terreno, plata, etc”, dijo.

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