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La mayoría del pleno de la Corte Suprema respaldaría declinar competencia en caso de Ricardo Martinelli

Se pudo conocer que de darse una votación para aprobar o rechazar la propuesta de Ortega, la votación sería de 7 a 2 a favor de la declinación.

Luis Ávila - Actualizado:

Jerónimo Mejía mantiene sus aspiraciones de ser ratificado por 10 años más como magistrado de la Sala Penal.

La mayoría del pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) respaldaría el proyecto de fallo del magistrado Oydén Ortega, que sugiere declinar la competencia dentro del proceso seguido por supuestas escuchas telefónicas al exdiputado del Parlacen Ricardo Martinelli.

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De darse una votación para aprobar o rechazar la propuesta de Ortega, esta podría quedar 7 a 2 a favor de declinar la competencia y los que rechazarían la propuesta serían los magistrados Abel Zamorano y Luis Mario Carrasco, suplente de Jerónimo Mejía, quien actúa como juez de garantías dentro de este proceso.

Zamorano, quien es magistrado suplente, ha actuado como principal en reemplazo de Alejandro Moncada Luna, destituido en marzo de 2015.

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Si se declina la competencia por parte del pleno de la Corte, todo lo actuado desde el 25 de junio, fecha en que Jerónimo Mejía decidió no bajar el proceso a la justicia ordinaria, debe ser declarado nulo.

Sumado a esto, Mejía mantiene sus aspiraciones de ser ratificado por 10 años más como magistrado de la Sala Penal, algo que no ha sido descartado por el presidente Juan Carlos Varela, quien la próxima semana dará a conocer sus nuevos designados para la Corte Suprema.

Se pudo conocer que habría sido el magistrado Zamorano quien filtró el proyecto de fallo en el que Ortega recomendó que se decline la competencia, lo que ha causado un revuelo a lo interno de la Corte.

Se resiste

Hay que recalcar que el magistrado juez de garantías Jerónimo Mejía insiste en oponerse a que el caso en contra del exmandatario salga de la Corte.

Para ello, Mejía volvió a mostrar su oposición en cuanto a una posible declinación a la justicia ordinaria del caso seguido a Martinelli y advirtió al magistrado Oydén Ortega que aunque es la primera vez que el Pleno actúa como  Tribunal Constitucional, ya se han adoptado decisiones para seguir viendo el proceso en la Corte Suprema de Justicia.

El juez de garantías agregó en su informe de conducta que el presente amparo no tiene sentido, pues el  pleno de la Corte, cada vez que, sin haberse inhibido de conocer sobre los temas planteados por la defensa, ha decidido sus peticiones y recursos, reconociendo que tiene competencia para conocer de este proceso.

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Estas declaraciones de Mejía surgen, a pesar de que en diversas audiencias, algunos magistrados del Pleno han señalado que antes de entrar a debatir cualquier recurso, se debe resolver de fondo si es competente o no para ver el proceso seguido al exdiputado.

Mejía sigue insistiendo en el tema de la competencia, a pesar de que juristas y hasta exmagistrados han destacado, en reiteradas ocasiones, que en el momento que Martinelli renuncia a su condición de diputado del Parlamento Centroamericano perdió potestad para seguir viendo sobre su proceso.

En este sentido, el abogado Sidney Sittón indicó que los artículos 155 y 206, numeral 3, de la Constitución, son claros en señalar cuando la Corte pierde competencia para juzgar a un exdiputado.

"La Corte Suprema solo procesa a los diputados. Dejas de serlo y, automáticamente, pierde competencia. La Constitución no deja dudas a las maromas jurídicas del magistrado Jerónimo Mejía", indicó Sittón, a través de Twitter.

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Posturas diferentes

Mientras Mejía toma esta postura, los magistrados Cecilio Cedalise y Abel Zamorano emitieron sus opiniones respecto al proyecto de fallo que concede un amparo de garantías al expresidente Ricardo Martinelli para declinar la competencia en el caso pinchazos.

En su escrito Zamorano sugiere que se concedan 20 días hábiles para la lectura del proyecto, lo cual estima necesario.

Esto, porque a su parecer, las consecuencias jurídicas de la decisión y la trascendencia del tema a tratar, lo hacen no solo aconsejable sino también necesario contar con el plazo prudente para examinar prolijamente el proyecto.

Zamorano indica que se debe cuidar que en el procedimiento del plazo de la lectura del fallo no surja un posterior cuestionamiento, en el sentido de no cumplir con los parámetros comunes de un proyecto de acción de amparo.

Por su parte, Cedalise sugiere que este proyecto de fallo sea discutido y debatido profundamente en el pleno de la Corte Suprema.

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