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Panamá respeta la especialidad al exgobernador de Quintana Roo, Roberto Borge

El Principio de Especialidad establece que una persona solo puede ser juzgada por los casos que se plantearon cuando se pidió la extradición.

Luis Ávila - Actualizado:
El Principio de Especialidad es un elemento de Derecho Internacional aplicable a los procesos de extradición. Foto: Epasa

El Principio de Especialidad es un elemento de Derecho Internacional aplicable a los procesos de extradición. Foto: Epasa

Mientras en Panamá se intenta vulnerar el Principio de Especialidad al expresidente Ricardo Martinelli, el Estado panameño le respetó este derecho al exgobernador de Quintana Roo, Roberto Borge, al no acceder a una solicitud de México para el levantamiento de esta figura internacional.

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El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales y Tratados, no accedió a la solicitud de México de ampliación de la extradición y al consentimiento para el levantamiento a la regla de especialidad a Borge.

El Estado panameño indicó que no accedió a esta petición, porque la misma "no reúne los elementos" para proseguir con el análisis requerido en la materia, establecido en el artículo XVII del Tratado de Extradición signado entre ambos países en el 2004.

La decisión adoptada por las autoridades panameñas fue replicada por diversos medios de comunicación social de México.

El Principio de Especialidad es un elemento de Derecho Internacional aplicable a los procesos de extradición y consiste en que el Estado requirente solo puede juzgar a una persona extraditada por los supuestos delitos por los cuales su extradición fue autorizada.

Algo que en Panamá han tratado de querer vulnerar al exmandatario Ricardo Martinelli, el cual, al momento de ser extraditado al país lo hizo amparado bajo las reglas del Principio de Especialidad, por lo que solo podrá ser juzgado por el caso de supuestos pinchazos telefónicos, en el cual fue declarado no culpable en agosto de 2019.

Borges ha sido acusado de cuatro delitos en su país natal, sin embargo, se buscaba acreditar un quinto, pero las autoridades panameñas no accedieron a la petición de su país natal. Para poder imputarle este nuevo delito, México debió contar con la anuencia de Panamá, a través del levantamiento del Principio de Especialidad, algo que no se produjo.

Esta no es la primera vez que Panamá respeta la especialidad a un extranjero que enfrenta algún tipo de proceso legal en el país.

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A inicios de este año, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en el fallo por el renombrado caso seguido al dominicano Gilberto Ventura Ceballos, le respetó la especialidad.

A Gilberto Ventura Ceballos, quien había sido condenado a 50 años de cárcel por el Segundo Tribunal de Justicia por el homicidio de cinco jóvenes chorreranos, la Sala Penal le rebajó su condena a 30 años, luego de reconocerle lo pactado en el acuerdo de extradición con la República Dominicana en el 2011.

En diversas ocasiones, la defensa del exgobernate panameño ha exigido que, igual como se ha hecho en otros casos con diferentes personas, a su representado se le respeten sus garantías fundamentales y derechos legales.

En su momento, Luis Eduardo Camacho González, como el abogado que representó a Martinelli en la reclamación internacional ante Naciones Unidas (ONU), exigió que se le respeten también sus garantías, recordando que cuentan con un dictamen que señala que Panamá y el Órgano Judicial violaron sus derechos humanos.

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Enfatizó Camacho González que el Consejo de Derechos Humanos de la ONU fue claro al advertir que la detención y otras actuaciones adoptadas en el gobierno pasado contra Ricardo Martinelli violaron tratados internaciones.

Juristas especializados en diversas ocasiones han indicado que en materia de derecho internacional, cuando los países se comprometen a realizar algo, la práctica consuetudinaria los obliga a cumplirlo, bajo la figura del Principio de Buena Fe.

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