La Abogada General de la UE propuso hoy que se rechacen los recursos contra la sentencia del Tribunal General de la UE sobre las empresas que participaron en un pacto ilegal en España para fijar los precios a los productores de tabaco.
El pacto consistía, fundamentalmente, en la fijación de los precios que se pagaban a los productores de tabaco y en el reparto de las cantidades que se compraban a éstos.
La letrada recomendó al Tribunal de Justicia, en unas conclusiones publicadas hoy, que rechace la apelación presentada por la Comisión Europea y por dos de las tres sociedades matrices de World Wide Tobacco España (WWTE) contra la sentencia dictada en octubre de 2010 por el Tribunal General de la UE.
El tribunal anuló la decisión de Bruselas de multar a una de las empresas matrices de WWTE, Trans-Continental Leaf Tobacco Corp (TCLT), al considerar que el Ejecutivo comunitario había incurrido en una violación del principio de igualdad de trato.
Para la Abogada General, esa empresa fue "discriminada" frente a otras sociedades que la CE no consideró responsables solidarias.
Por otra parte, la abogada avala la decisión del Tribunal de imputar a Standard Commercial Corp (SCC) y a Standard Commercial Tobacco Company Inc (SCTC) la responsabilidad por la infracción cometida.
La Abogado General cree que las empresas no han aportado datos que demuestren que la CE se atuvo a consideraciones inapropiadas al aplicar el criterio que aplicó para concluir que las sociedades eran "responsables solidarias" del pago de la multa.
De esa manera, considera que el motivo de discriminación alegado por las empresas es infundado.
Asimismo, estima que el resto de alegaciones esgrimidas por las partes han de descartarse por infundadas o inadmisibles.
El caso se refiere a las multas que la CE impuso a las empresas World Wide Tobacco España (WWTE), Cetarsa, Agroexpansión, Taes y Deltafina tras concluir que, entre 1996 y 2001, las sociedades habían participado en un cártel para fijar precios en el mercado español del tabaco.