Acusan a sindicatos por cierres de empresas
Publicado 2000/10/04 23:00:00
- MEREDITH SERRACÃN
La injerencia de la Confederación Nacional de Unidad Sindical Independiente (CONUSI) y del Sindicato Unico Nacional de Trabajadores de la Construcción y Similares (SUNTRACS), en el ámbito de la confección, constituye un "acoso permanente" que ha provocado el cierre de varias empresas en este ramo, sostiene un informe sobre el estado de esta actividad en Panamá.
Ambos sindicatos, a través del Sindicato de Empleados de la Industria del Vestido (STIVA), tienen injerencia en el sector de la confección, llegando a amenazar con huelga y arbitraje, si los resultados legales no les favorecen, indica el documento, que pone como ejemplo, el caso de la Industria Lencera Khafif Hermanos, S.A., que se ha visto obligada a cerrar, después de 32 años de operaciones en el país.
Agrega que desde el 25 de noviembre de 1999, esta empresa solicitó una reducción de personal por razones económicas, que le permitiera seguir operando, a lo que el Sindicato respondió con la presentación de un Pliego de Peticiones el 18 de enero de 2000, con la finalidad de interrumpir el trámite administrativo de la solicitud de reducción de personal.
Tras el Pliego, el Ministerio de Trabajo y Bienestar Laboral (MITRADEL), a través del Auto 56DGT del 21 de febrero de 2000, "suspendió" el trámite de autorización de despido solicitado.
Posteriormente, ante una apelación, el MITRADEL mediante la Resolución DM13 de 15 de marzo de 2000, rechazó la solicitud de autorización de despido, señalando la existencia de un pliego de peticiones.
Según el documento, estas incertidumbres y vicisitudes laborales, aparte de los problemas naturales que tiene el ramo de la confección en Panamá, han conllevado que la empresa no haya podido seguir produciendo, sino con irregularidad, e inclusive, manteniendo su departamento de Producción "totalmente cerrado" por los últimos meses.
"Resulta imposible para cualquier empresario mantener una empresa bajo estas condiciones, donde no se produce, pero sí se incurre en gastos de operación altísimos", subraya el informe.
Añade que por tal razón, a esta empresa no le ha quedado más alternativa que el cierre total de operaciones, teniendo que hacer frente al pago de las prestaciones laborales que nazcan producto de esta decisión.
Ambos sindicatos, a través del Sindicato de Empleados de la Industria del Vestido (STIVA), tienen injerencia en el sector de la confección, llegando a amenazar con huelga y arbitraje, si los resultados legales no les favorecen, indica el documento, que pone como ejemplo, el caso de la Industria Lencera Khafif Hermanos, S.A., que se ha visto obligada a cerrar, después de 32 años de operaciones en el país.
Agrega que desde el 25 de noviembre de 1999, esta empresa solicitó una reducción de personal por razones económicas, que le permitiera seguir operando, a lo que el Sindicato respondió con la presentación de un Pliego de Peticiones el 18 de enero de 2000, con la finalidad de interrumpir el trámite administrativo de la solicitud de reducción de personal.
Tras el Pliego, el Ministerio de Trabajo y Bienestar Laboral (MITRADEL), a través del Auto 56DGT del 21 de febrero de 2000, "suspendió" el trámite de autorización de despido solicitado.
Posteriormente, ante una apelación, el MITRADEL mediante la Resolución DM13 de 15 de marzo de 2000, rechazó la solicitud de autorización de despido, señalando la existencia de un pliego de peticiones.
Según el documento, estas incertidumbres y vicisitudes laborales, aparte de los problemas naturales que tiene el ramo de la confección en Panamá, han conllevado que la empresa no haya podido seguir produciendo, sino con irregularidad, e inclusive, manteniendo su departamento de Producción "totalmente cerrado" por los últimos meses.
"Resulta imposible para cualquier empresario mantener una empresa bajo estas condiciones, donde no se produce, pero sí se incurre en gastos de operación altísimos", subraya el informe.
Añade que por tal razón, a esta empresa no le ha quedado más alternativa que el cierre total de operaciones, teniendo que hacer frente al pago de las prestaciones laborales que nazcan producto de esta decisión.
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