El pleno de la Asamblea Legislativa discutirá el próximo lunes una propuesta de diversos legisladores que pretende equiparar el salario de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y los Ministros de Estado.
Según un artículo propuesto por los legisladores Miguel Bush, Jerry Wilson Pedro Miguel González y otros, los sueldos y asignaciones de los magistrados de la Corte no serán inferiores a los de los ministros.
Sin embargo, la misma propuesta establece que en caso que tales emolumentos excedan al de los ministros de Estado, "aquellos deberán igualarse al de estos".
Actualmente, los ministros de Estado devengan emolumentos por B/.7 mil, mientras que los magistrados de la Corte Suprema y del Tribunal Electoral por B/.10 mil.
Esta misma propuesta que pretende modificar el artículo 43 del Código Judicial dispone que los funcionarios judiciales no podrán ser disminuidos ni reducidos, no obstante, podrán ser aumentados en cualquier momento.
La propuesta fue presentada en el marco de la discusión de un proyecto de ley que pretende modificar algunos artículos y crear otros en el Código Judicial a fin de disminuir la mora judicial existente en el país.
El jueves pasado en el marco de la discusión del mismo proyecto de ley, el legislador Rubén Arosemena, propuso el jueves pasado un artículo, mediante la cual se prohibiría al Organo Judicial y el Ministerio Público suspender sus labores durante los días de la Semana Santa.
La propuesta pretende modificar el artículo 502 del Código Judicial, a fin de dejar claro que la justicia debe ser impartida de forma ininterrumpida como lo dispone la Constitución Nacional, afirmó Arosemena.
Estas propuestas serían incluidas en un proyecto propuesto por el ministro de Gobierno, Winston Spadafora, mediante el cual se modifican y adicionan algunos artículos del Código Judicial y se dictan otras disposiciones.
Por medio de esta propuesta, se persigue básicamente agilizar y mejorar la eficacia de la justicia en Panamá, a fin de disminuir la mora judicial existente en el país.
El proyecto de ley que consta de 105 artículos, aborda diversos aspectos del Código Judicial como el régimen de notificaciones, los términos, los trámites judiciales, las competencias de las distintas instancias, la jurisdicción penal y otros.