Harry Díaz, el magistrado fiscal de los pinchazos telefónicos, ha tomado distancia de su testigo clave, luego de las revelaciones de este sobre ofrecimiento y coacción.
Se trata de Jaime Agrazal, exagente del Consejo de Seguridad, quien en un medio televisivo hizo las revelaciones que provocaron la reacción del magistrado Díaz.
Agrazal indicó que recibió ofrecimientos para favorecerlo en el proceso que tiene en su contra.
Sin embargo, cuando fue trasladado de la celda de Chiriquí a una en Panamá, estos ofrecimientos se convirtieron en coacción. Al punto que Agrazal señaló que teme por su integridad y la de su familia.
Reacciones
Las reacciones no se hicieron esperar.
Para el exprocurador y abogado de Martinelli, Rogelio Cruz, este testigo debe ser declarado nulo por el magistrado de garantías, Jerónimo Mejía.
Detalla Cruz que la ley prohíbe que un testigo sea llevado al estrado de una audiencia bajo coacción y amenazas.
Por su parte, Díaz en su aclaración negó que se diera tal coacción y dijo que la entrevista no fue hecha por él, sino por funcionarios de instrucción que laboran en su despacho.
Para Cruz, la declaración de Agrazal contraviene los principios del Código Procesal Penal, referente al principio de protección a los testigos.
Dijo el jurista y defensor del exmandatario que esta norma no acepta como legítima una prueba testimonial, en la que el declarante haya sido objeto de coacción.
Reserva
En su aclaración por correo electrónico, Díaz envió un material adjunto, en el que aparece la entrevista completa que rindiera el exagente Jaime Agrazal.
El jurista Rogelio Cruz también cuestionó el hecho de que el magistrado Harry Díaz haya publicado por correo electrónico el resultado de dicha diligencia.
A juicio de Cruz se violó el principio de reserva en un proceso, al dar a conocer públicamente una pieza importante en esta investigación.
La audiencia contra el expresidente Martinelli será desde las 9:00 a.m. de hoy.
Se da por el caso de los pinchazos telefónicos, proceso que ha sido cuestionado desde que se conoció el escrito de acusación del magistrado fiscal Harry Díaz, el cual se realizó sin que hubiese una audiencia de imputación.
Esta será una de las advertencias de nulidad que presentará la defensa del expresidente Martinelli.
El Código de Procedimiento Penal, explica Cruz, establece que no puede haber escrito de acusación sino hay una audiencia de imputación.
En su momento, Díaz argumentó que el escrito de acusación se hizo bajo la norma de los procesos especiales que establece el Código Procesal Penal.
En este escrito, el magistrado fiscal formula varios cargos contra el expresidente Martinelli, solicitando una pena de 21 años de prisión.
Contra el expresidente existen unos seis expedientes admitidos por el pleno de la Corte Suprema de Justicia.
También es investigado por la comida deshidratada.
Audiencia a expresidente Martinelli no puede darse en su ausencia
La audiencia que en la Corte Suprema de Justicia se pretende realizar hoy, viernes 11 de diciembre, en contra del expresidente Ricardo Martinelli, no puede efectuarse.
Así lo aseguró el jurista Ernesto Cedeño, al sustentar que el Código Procesal Penal prohíbe que se haga una audiencia en ausencia del imputado.
Cedeño citó el artículo 93 numeral 12 del Código Procesal Penal que establece que ninguna persona puede ser juzgada en ausencia.
Cuando el magistrado Harry Díaz presentó el escrito de acusación, remitió una alerta azul a la Interpol, con el propósito de conocer la residencia actual del expresidente Martinelli.
Sidney Sittón, abogado de Ricardo Martinelli, aseguró que esta alerta fue irrelevante, por considerar que en los respectivos poderes presentados ante el magistrado de garantías, se establece el domicilio actual del exmandatario, quien es acusado por el caso de los pinchazos telefónico.