Los dueños de terrenos deberán realizar avalúos de sus propiedades y declarar mejoras, si quieren obtener la tarifa alternativa que contempla la ley 8, incluidas en las nuevas Reformas Fiscales, que entra a regir a partir del próximo 1 de julio.
El director de Catastro y Bienes Patrimoniales, Publio Ricardo Cortés, añadió qie los propietarios deberán presentar una revalorización del terreno, si el último avalúo del mismo es de más de cinco años, contados a partir de la presentación de las mejoras en el Registro Público.
En ese caso la dirección de Catastro tiene la facultad de aceptar o rechazar los valores presentados, tanto para las mejoras, como para el terreno.
El incumplimiento de esta obligación será sancionada con una multa anual o fracción de año, con un 2% sobre el valor declarado de las mejoras. La multa será impuesta por la Dirección General de Ingresos.
La declaración de mejoras cuyo valor no sobrepase los 30 mil balboas, no se le aplicará multa.