Nación

Levantan inmunidad para investigar a legislador electo


Por considerar que existen méritos suficientes, así como elementos de juicio en las sumarias que se le siguen al legislador electo por el circuito1-1 de la provincia de Bocas del Toro, Arcelio Batista, el Tribunal Electoral (TE), por medio de acuerdo número cuatro, A, Sala de Acuerdos No.40, fechado 28 de junio de 1999, ordenó el levantamiento de su inmunidad.
Agrega la nota que el TE en uso de sus facultades legales constitucionales, considerando que mediante oficio No.954 del 10 de mayo de 1999, el Personero Segundo Municipal de Changuinola, provincia de Bocas del Toro, solicitó a este Tribunal que se levante la inmunidad a Arcelio Batista, para dar seguimiento a las sumarias que se le siguen por el presunto delito contra la Fe Pública, en perjuicio de Banderlif Lezcano Suira.
La nota destaca que el artículo 128 del Código Electoral estipula que ninguna persona que sea candidata a puesto de elección podrá ser arrestada, detenida o procesada sin la autorización del TE, al referirse al caso de Batista, sin embargo aclara que la inmunidad que concede el Código no significa impunidad.
En su resuelto el TE autoriza al personero para que continúe con las sumarias en contra de Arcelio Batista.
El documento señala que para proceder en contra de Batista por hechos y delitos distintos de aquel que da origen a la resolución, se requiere autorización previa del TE, mientras subsistan las causales que le confieren la inmunidad.
La resolución está refrendada por el magistrado presidente del TE, Eduardo Valdés Escóffery, el magistrado vicepresidente, Denis Allen Frías, el magistrado vocal, Erasmo Pinilla y la directora ejecutiva, Yara Ivette Campo.
Respecto a la acción del TE, Batista expresó que la inmunidad de un parlamentario la levanta la Asamblea Legislativa, a la cual el TE solicitó la petición, pero no procedió.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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