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SSNF impone $800 mil en sanciones

Luis Miguel Ávila | Luis.avila@epasa.com | @lavila15 - Actualizado:

Muchas firmas no se han registrado en el Sistema Privado y Único de Beneficiarios finales. Archivo.

La Superintendencia de Sujetos No Financieros (SSNF) ha impuesto, desde el 2021 hasta el 2023, sanciones pecuniarias a empresas constructoras, firmas de abogados y algunas personas naturales, por $808 mil.

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En total, son unas 36 empresas que han sido sancionadas desde al año 2021 hasta la fecha, según información estadísticas de esta institución.

Entre las empresas sancionadas por la Superintendencia de Sujetos No Financieros están: Constructora Norberto Odebrecht S.A. con la suma de 350 mil dólares, Selet Consultores, con 50 mil dólares y Global cargo Panamá, con 44 mil 643 dólares.

También aparece Pedro Bienes Raíces con 75 mil dólares, Clo Conseil International Abogados con 17 mil 820 dólares, Gerli & CO con 14 mil 580 dólares, Auto Uno de panamá S.A., entre otras empresas.

Algunas de estas sanciones son por incumplir las obligaciones dispuestas en los artículos 26, 27 y 29 de la Ley 23, de 27 de abril de 2015, relacionado con la debida diligencia, actualización y resguardo.

Cabe indicar que el artículo 26 de esta ley dice que los sujetos obligados financieros deberán mantener en sus operaciones con el cuidado conducente a prevenir razonablemente que dichas operaciones se lleven a cabo con fondos provenientes de actividades relacionadas con los delitos de blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva.

También han sido multadas por el incumplimiento del artículo 36, de la Resolución No. JD-REG-001-18 de 2 de mayo de 2018 relacionada con el, no envió de toda información o documentación requerida por la Superintendencia de Sujetos No Financieros.

Igualmente, por no cumplir con las obligaciones dispuestas referentes con la política de conocimiento al empleado y la obligación de capacitarlos en este tema.

En el caso de una empresa de la Zona Libre de Colón, esta fue sancionada por incumplir diligencias relacionadas con la debida diligencia, diseño de controles para la aplicación de medidas preventivas con un enfoque basado en riesgo, medidas de control para zona francas, congelamiento preventivo y obligación de capacitar.

Mientras que algunas de las firmas de abogados sancionadas se debió a que las mismas no se han registrado en el Sistema Privado y Único de Beneficiarios finales de la Superintendencia de Sujetos No Financieros dispuestos en el artículo 3 de la Ley 129 de 17 de marzo de 2020 en concordancia con el inciso "cuarto" de la Resolución No. S011-2022 de 5 de julio de 2022 y artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 13 de 25 de marzo de 2022.

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