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Código Sanitario
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REDACCION / PANAMA AMERICAEl Ministro de Salud, doctor Javier Díaz, dio a conocer la pronta revisión y actualización del Código Sanitario, una necesidad largamente esperada para cohesionar la institucionalidad jurídica de los órganos competentes de la salud pública.A tal efecto, se nombrará una comisión técnica para la elaboración del borrador del nuevo código, que será sometido al análisis y revisión de los gremios médicos, facultades de medicina, el Consejo de Gabinete y, finalmente, la Asamblea Nacional.En los primeros años de la separación de Colombia no existió una legislación codificada para atender la salud pública.El Código Administrativo de 1916 contuvo dispositivos dispersos sobre médicos oficiales, boticas y droguerías, epidemias y vacunación.En 1947, mediante la Ley 69, se aprobó el Código Sanitario, que, ante la inexistencia del Ministerio de Salud, entregó al Ministerio de Trabajo la organización de la salud pública.El artículo quinto confió al Ministerio de Trabajo, estudiar y resolver todo problema nacional de orden político, social o económico que pueda afectar la salud y dar la orientación y los lineamientos generales de la acción oficial del Gobierno.En esa época, el Ministerio de Trabajo era también de Previsión Social y Salud Pública.Posteriormente, se dictaron unos 11 cambios para actualizar el Código, pero se hizo en forma parcial.La Constitución de 1972 estableció que “es función esencial del Estado velar por la salud de la población de la República.El individuo, como parte de la comunidad, tiene derecho a la promoción, protección, conservación, restitución y rehabilitación de la salud y la obligación de conservarla, entendida esta como el complemento bienestar físico, mental y social”.Sin embargo, la subsistencia del Código, en los términos en que se redactó en 1947, demandó una labor incumplida de revisión para derogar los dispositivos carentes de vigencia y así entregarle al Minsa la centralización para planificar y ejecutar la salud pública.Como ha señalado el Minsa, las tecnologías de trasplante de células madres, cirugía laparoscópica y robótica y en general los avances científicos contemporáneos deben tener presencia o integrarla a la legislación médica, máxime cuando ya existe una ley sobre trasplantes de órganos, aprobada por la Asamblea Nacional.La participación de los gremios médicos, facultades de medicina y de profesionales de nosocomios privados enriquecerá el análisis del Código aprobado hace 66 años cuando no existía el Minsa y el mundo no contaba con los avances científicos y el uso de la tecnología que, al ampliarse en forma sistemática, permite al Estado el cabal cumplimiento de la función esencial de velar por la salud, como dispone la Constitución.Está en marcha la iniciativa fundamental de modernizar un código anacrónico rebasado por el avance de la medicina.Fue un esfuerzo laudable no continuado por los Gobiernos que se sucedieron después de 1947.La construcción de la Ciudad Hospitalaria, el nuevo local del Instituto Oncológico Nacional y de numerosos centros de salud en el interior, más la revisión impostergable del Código Sanitario son pruebas palpables del vigoroso fortalecimiento de la salud pública en el gobierno de Ricardo Martinelli.