El hombre o la mujer en cuatro patas
- Miguel A. Boloboski Ferreira
"Si el hombre supiera realmente el valor que tiene la mujer andaría en cuatro patas en su búsqueda". La oración tal cual, sin ningún signo de puntuación tiene una clara connotación: “el hombre en cuatro patas”. Empero, una simple coma luego de la palabra “tiene”, cambia totalmente el sentido de la misma: “la mujer es la que andaría en cuatro patas”
Independientemente de las críticas que se le puedan hacer a la oración por aquello de que solamente los animales tienen patas (no obstante que algunos eslóganes políticos contradicen esta teoría en cuanto a los servidores públicos se refiere) el propósito de éste escrito es el de resaltar lo vital que resulta el correcto aprendizaje del idioma, en este caso el español.
Y no basta con saber leer. Se tiene que comprender lo que se lee, para seguidamente lograr capacidad de análisis y consecuentemente determinar el rumbo o estrategia. Una errada lectura puede tener garrafales consecuencias. Basta imaginarse un abogado, médico, ingeniero, arquitecto, contador, maestro, sacerdote, etc., con deficiencias de comprensión producto del inadecuado manejo del idioma. Ejemplo: El artículo 24 de nuestra Constitución Política establece textualmente: “El Estado no podrá extraditar a sus nacionales; ni a los extranjeros por delitos políticos”. Si se lee de corrido, sin el punto y coma (pausa intermedia entre la coma y el punto) falsamente se concluye que ambos, nacionales y extranjeros, no pueden ser extraditados por delitos políticos. En este sentido la Corte Suprema de Justicia, en fallo de enero de 1991 con relación a la prohibición de extradición de nacionales ante el alegato de una de las partes determinó lo siguiente: “La Corte opina que la redacción un tanto elíptica del artículo 24 de la Constitución lleva a veces a lectores apresurados o que no adviertan el valor diferenciador de la puntuación usada en dicho precepto, a pensar que el Estado no puede extraditar a nacionales o extranjeros sólo por delitos políticos”.
En conclusión lo que el citado artículo establece es que los nacionales no podrán ser extraditados por ningún delito o razón. En cambio los extranjeros sí podrán ser extraditados, excepto cuando se traten de delitos políticos.
Comprensión, esa palabra mágica cuyo significado representa el clímax de nuestro aprendizaje, hoy día esta prácticamente en desuso. Estamos tan concentrados en la prontitud de los propósitos, que la calidad como resultado de la capacidad de entender y conocer de las cosas, resulta ser un estorbo.
“Hablamos y escribimos sin pausas; de corrido; como si fuera una competencia en donde hay que poner la mayor cantidad de palabras por minuto.
La velocidad es signo de nuestros tiempos, pero si lo que estás diciendo verbalmente lo llevas al papel, sólo será un enjambre difícil de entender”.
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