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Opinión / Inteligencia artificial y secreto profesional

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opinión

Panamá

Inteligencia artificial y secreto profesional

Publicado 2026/05/20 10:15:00
  • Ricardo Guell
  •   /  
  • Socio de Deloitte Legal
  •   /  

El uso de herramientas de inteligencia artificial generativa en contextos legales ha crecido exponencialmente en los últimos años. Sin embargo, una reciente decisión judicial en Estados Unidos (United States v. Heppner) ha puesto de manifiesto una advertencia relevante sobre los límites de estas tecnologías, particularmente en materia de confidencialidad y secreto profesional.

En este caso, un imputado utilizó una plataforma pública de inteligencia artificial para analizar aspectos de su situación legal y generar documentos que posteriormente compartió con sus abogados. Al intentar proteger dichos documentos bajo el privilegio abogado-cliente, el tribunal rechazó su pretensión, señalando que la interacción con una herramienta de inteligencia artificial no constituye asesoría legal y que, al involucrar a un tercero, aunque fuese tecnológico, se pierde la expectativa de confidencialidad.

Es importante aclarar que la decisión no está exenta de cuestionamientos. Existen argumentos razonables para sostener que el uso de herramientas tecnológicas de inteligencia artificial podría, en ciertos supuestos, asimilarse al uso de terceros necesarios para la prestación del servicio legal, tales como peritos, traductores u otras plataformas tecnológicas―como correo electrónico y procesadores de texto―, sin que ello implique necesariamente la pérdida del privilegio de secreto profesional. Asimismo, el análisis sobre la expectativa de confidencialidad es debatible, no solo por el uso que las personas le dan en la realidad a estas plataformas, sino también por cómo suelen aprovechar los “terceros” la información que se transmite. A esto se suma que la decisión podría ser objeto de apelación, lo que abre la posibilidad de que tribunales superiores delimiten con mayor precisión estos conceptos.

Desde la perspectiva panameña, el secreto profesional constituye un pilar esencial del ejercicio de la abogacía, reconocido tanto en la normativa como en los principios éticos de la profesión. Sin embargo, su protección no es absoluta: la divulgación de información a terceros puede comprometer su alcance. En este contexto, el uso de plataformas de inteligencia artificial― particularmente aquellas de acceso abierto―plantea interrogantes relevantes sobre si dicha divulgación pudiese considerarse incompatible con la preservación de la confidencialidad.

Más allá del debate doctrinal, el riesgo es eminentemente práctico. En Panamá, el uso de la inteligencia artificial en el ámbito legal ya es una realidad, pero aún no cuenta con marcos claros de regulación o lineamientos formales, lo que traslada el riesgo directamente a las personas, las organizaciones y sus asesores.

En la operación diaria de muchas organizaciones, ya es común que colaboradores utilicen herramientas de inteligencia artificial para resumir contratos, analizar cláusulas o redactar comunicaciones legales. Sin lineamientos claros, esto puede implicar que información sensible― incluyendo términos comerciales, estrategias de negociación o datos personales―esté siendo compartida con terceros sin conocimiento ni control de la organización.

Esto plantea preguntas que muchas empresas aún no han abordado de forma estructurada:
-¿Qué tipo de información puede compartirse en estas plataformas?
-¿Se están utilizando versiones públicas o entornos controlados?
-¿Existen políticas internas que regulen su uso en contextos legales o contractuales?

En este escenario, la inteligencia artificial no debe entenderse como un sustituto de la asesoría legal, sino como una herramienta que requiere marcos adecuados de gobernanza. La implementación de políticas internas claras, la capacitación de equipos y la definición de protocolos para el uso de estas tecnologías en funciones legales se vuelve cada vez más relevante.

En nuestra experiencia, las organizaciones más avanzadas ya están abordando estos desafíos mediante la adopción de marcos de gobernanza que permiten aprovechar sus beneficios sin comprometer la confidencialidad ni la gestión de riesgos legales.

El caso Heppner no constituye necesariamente una regla definitiva, pero sí una señal clara: el uso de inteligencia artificial en contextos legales exige prudencia, criterio y, sobre todo, una estrategia bien definida.

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