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Regionalización, experiencia en Panamá

El Ordenamiento Territorial es una herramienta importante para determinar y conocer la vocación de un territorio, principales asentamientos humanos, el sistema socioeconómico y productivo imperante en él

Ignacio Rodríguez De Gracia (opinion@epasa.com) / - Publicado:

Economista y participante del Doctorado en Humanidades y Ciencias Sociales con Énfasis en Ambiente y Ordenamiento Territorial

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El Ordenamiento Territorial es una herramienta importante para determinar y conocer la vocación de un territorio, principales asentamientos humanos, el sistema socioeconómico y productivo imperante en él, características de sus ecosistemas, topografía, entre otros; que coadyuvan a contextualizar el sentido de un territorio, que es un espacio de gestión interrelacionado que, además, articula identidades culturales.

Experiencias de países como Francia, España y Colombia, en donde el empleo del Ordenamiento Territorial como herramienta para definir estrategias de desarrollo, prever un marco normativo, definir estructuras jerárquicas de planes, desde el nivel nacional hasta planes especiales a nivel municipal y establecer normas para la organización político-administrativa de sus territorios, fueron determinantes en la evolución de su dinámica social, económica, ambiental y espacial.

En Panamá, la evolución del Ordenamiento Territorial ha tenido también su propia dinámica, por supuesto que de más reciente surgimiento en comparación con los países arriba referidos, pero de igual impacto e importancia para conocer y hacer uso adecuado de nuestra pequeña, pero muy rica extensión territorial. De ellos hacemos alusión a algunas acciones, como antecedentes de nuestra experiencia de Ordenamiento Territorial, muy focalizados como es el caso, en 1928, de la Ley 48 que ordena el levantamiento de los planes de mejora y desarrollo futuro de la ciudad de Panamá.

En 1944 se crea el Banco de Urbanización y Rehabilitación (BUR). En 1958 se crea el Instituto de Vivienda y Urbanismo (IVU) y en 1973 se crea el Ministerio de Vivienda (Mivi), que reemplaza al IVU. Hasta este momento vemos que todo lo relacionado con Planificación y Ordenamiento Territorial se circunscribe a la ciudad de Panamá. Luego en el periodo 1995-1997 se pone en marcha el Plan de Desarrollo Urbano de las Áreas Metropolitanas del Pacífico y del Atlántico. Se hace referencia a la Región de la Cuenca del Canal en los términos de “Incorporar las propuestas presentadas dentro del Plan de Conservación de los Recursos Naturales de la Región de la Cuenca del Canal (Plan Regional) y del Plan General de Uso, Conservación y Desarrollo del Área del Canal (Plan General). La pregunta que surge es: Entre 1928 y 1997, ¿qué sucedió con el resto del país? ¿No se legisló para el resto del país? ¿No nos interesa el desarrollo del resto del territorio panameño?

Es muy importante señalar que el Artículo 5 de nuestra Constitución hace referencia que el territorio panameño se divide en provincias, distritos y corregimientos, además establece: “La Ley podrá crear otras divisiones políticas, ya sea para sujetarlas a regímenes especiales o por razones de conveniencia administrativa o de servicio público”. En cumplimiento a este artículo se crean las comarcas indígenas como divisiones políticas especiales. De allí que el 10 de marzo de 1997 se crea la comarca Ngäbe-Buglé y se reconoce una nueva figura especial.

Dentro del proceso de reordenamiento territorial de la comarca Ngäbe-Buglé, la ley que lo crea hace mención explícita a la existencia de tres regiones comarcales: Kadriri (segregado de la provincia de Veraguas y Tolé, Chiriquí), Nedrini (segregado de la provincia de Chiriquí) y Ño Kribu (segregado de la provincia de Bocas del Toro); compuestas por distritos y corregimientos, además, reconoce su gobierno tradicional en el Congreso Regional, Cacique Regional y Consejo Regional.

En este sentido, la regionalización nos permite identificar los recursos naturales del territorio y promover su desarrollo, puesto que allí convergen características culturales comunes, por lo que al establecerse las regiones comarcales se segrega de la competencia del antiguo Congreso Regional de Chiriquí a la extensión territorial indígena del distrito de Tolé y se incorpora en la Región Kadri. Así queda reducido el dominio geográfico de este Congreso Regional, pero culturalmente más homogéneo, a la segregación de los distritos de Remedios, San Félix y San Lorenzo, denominados ahora: Nole Duima, Mirono y Besiko; Región Nedrini.

A diferencia de la región de la Cuenca del Canal de Panamá, esta experiencia de regionalización responde a criterios político-administrativos y no al enfoque de desarrollo de las regiones comarcales Ngäbe-Buglé.

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