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Opinión / Sistema Penal Acusatorio, garantía de justicia o protección delincuencial

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Desaciertos

Sistema Penal Acusatorio, garantía de justicia o protección delincuencial

Publicado 2017/08/14 00:00:00
  • Miguel Ángel Sánchez
  •   /  
  • opinion@epasa.com
  •   /  

Pero lo más preocupante es que en algunos casos, estos jueces de garantías ordenan medida cautelar a los implicados sin medir las consecuencias. El primer ejemplo lo vemos cuando un juez de garantía dicta sentencia absolutoria de los cargos al autor de un homicidio y a otras dos personas que fueron relacionadas con el hecho. Posteriormente, el Tribunal Superior de Apelaciones anuló la sentencia absolutoria y ordenó la realización de un nuevo juicio en perjuicio de la víctima, un menor de edad, hecho ocurrido en Bocas del Toro.

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Es público y notorio que la sociedad panameña no está muy convencida sobre lo beneficioso que ha sido para la justicia, la implementación de la nueva legislación procesal penal  conforme a las reglas del Sistema Penal Acusatorio, en el que cobra gran importancia la figura del juez de garantías. Este supuesto régimen de justicia, en muchos de los procesos no ha sido garante de señalar claramente y con objetividad la culpabilidad o no del acusado. Pero lo más preocupante es que en algunos casos, estos jueces de garantías ordenan medida cautelar a los implicados sin medir las consecuencias.  El primer ejemplo lo vemos cuando un juez de garantía dicta sentencia absolutoria de los cargos al autor de un homicidio y a otras dos personas que fueron relacionadas con el hecho. Posteriormente, el Tribunal Superior de Apelaciones anuló la sentencia absolutoria y ordenó la realización de un nuevo juicio en perjuicio de la víctima, un menor de edad, hecho ocurrido en Bocas del Toro.

En otro caso, en una audiencia de apelación  solicitada por el Ministerio Público, la juez de garantías revocó la medida cautelar de detención domiciliaria y ordenó la detención provisional en un centro carcelario, a una joven de 22 años de edad por el delito de posesión ilícita de arma. Esta persona no estaba cumpliendo con dicha medida. Estos son algunos de los ejemplos con los que podemos definir deficiencia en el sistema. Sin embargo, la preocupación de la población no es entender las reglas del  sistema, sino comprender por qué un juez de garantía deja en libertad a una persona que después de conocerse a través de un video de seguridad que en efecto asesinó a otro ciudadano, queda en libertad. Cómo podemos concebir que se deje en libertad a una persona que tiene en posesión un arma de fuego de manera  ilegal, que no cumple con su medida cautelar y que posiblemente abusando de ese privilegio pueda atentar contra la vida e integridad de otra persona, que en cualquier caso puede ser un ciudadano sin  vínculo criminal alguno.

Definitivamente, algo está funcionando mal. No podemos aceptar, que quienes administran la justicia panameña en el Sistema Penal Acusatorio sigan cometiendo errores que atenten contra la seguridad social. Es necesario que se haga un análisis con resultados, de tal manera que podamos detectar en qué parte del engranaje se está fallando. Pero lo más importante de todo es saber qué tipo de profesionales del derecho se están nombrando como jueces de garantías. ¿Es suficiente la teoría, o hace falta la malicia y la experiencia para ocupar este cargo?

Periodista

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