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Decomisan 48 especies de aves nacionales y exóticas en Capira

La persona que tenía estos ejemplares en cautiverio se le comunicó que la actividad que estaba realizando va en contra de las normativas ambientales concernientes a la vida, y se le levantó un proceso administrativo para determinar las sanciones correspondientes.

Eric Montenegro - Actualizado:

La captura, recolección, transporte y comercio de las especies silvestres, productos y subproductos, partes y derivados de la vida silvestre, sin autorización del Ministerio de Ambiente es prohibido, en todo el territorio nacional. Foto. Cortesía de MiAmbiente

Luego de una denuncia ciudadana en Capira se logró el decomiso y reubicación de 48 aves y algunas especies exóticas para la presunta comercialización.

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Este es el segundo decomiso de especies animales que se realiza durante este mes en el  distrito de Capira por parte de MiAmbiente.

Zuleyla Toribio, bióloga de la sección de Área Protegida y Biodiversidad del Ministerio de Ambiente de Panamá Oeste, explicó que al momento de la inspección técnica en el lugar se observaron dos pericos barbinaranja, dos loros coroniamarilla, cinco cacatua ninfa, cuatro pericos australianos.

Además, encontraron diecinueve inseparables de Namibia, siete torcazas y nueve patos güichichis o silbador.

El decomiso se efectuó luego de vencer el período de descargos por parte de la propietaria del local en donde se encontraban las aves la cual solo poseía licencia para un vivero.

Se detalló que la persona que tenía estos ejemplares en cautiverio se le comunicó que la actividad que estaba realizando va en contra de las normativas ambientales concernientes a la vida silvestre, que prohíbe la tenencia de especies silvestre, por lo que se le levantó un proceso administrativo para determinar las sanciones correspondientes.

Las 48 especies de aves fueron llevadas a revisión médica y posteriormente deberán pasar un período de cuarentena.

Las aves nacionales serán liberadas en áreas protegidas en tanto que las exóticas quedarán en custodia de centros de conservación autorizados.

Cabe resaltar que la tenencia ilegal de vida silvestre es una actividad que se encuentra tipificada dentro de la Ley N.º 24 de 1995 (Ley de Vida Silvestre) como una conducta ilícita que es sancionada administrativamente.

Además, se debe tener en cuenta que la captura, recolección, transporte y comercio de las especies silvestres, productos y subproductos, partes y derivados de la vida silvestre, sin autorización del Ministerio de Ambiente es prohibido, en todo el territorio nacional.

Toribio explicó que para dedicarse a la reproducción y cría de especies nacionales y exóticas deben obtener autorización del Ministerio de Ambiente, presentando la documentación requerida en el Manual de procedimiento (Resolución AG-0138-2004), esto es en referencia a los establecimientos de conservación ex situ de la vida silvestre.

VEA TAMBIÉN: Alcaldía de Chame advierte restricciones para usos de ríos y playas durante el asueto de carnaval

La tenencia de especies silvestres sin los permisos correspondientes es otra falta administrativa, debido a que es una conducta no adecuada frente a la conservación de nuestros recursos naturales, de igual forma la captura de estos ejemplares de su hábitat, pueden sufrir lesiones que pueden resultar mortales, tales como la pérdida de extremidades y fracturas.

El monto de la multa a imponer en este caso aún no ha sido definido por el Ministerio de Ambiente.

Durante los carnavales del 2015, funcionarios de MiAmbiente decomisaron cinco pericos carisucios a los cuales se les había teñido la cabeza con peróxido para cambiarles el plumaje natural, simulando otra clase de ave.

En tanto que para el 2021 se decomisó en esta provincia un Mono Titi el cual era mantenido como mascota.
 

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